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Ni pichar, ni cachar, ni dejar batear

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La ausencia de un debate sobre el futuro del sistema político nacional

 

En estas épocas de postemporada de béisbol, recordé una frase coloquial que bien aplica a la situación actual de Guatemala. Desde relaciones amorosas hasta dinámicas laborales o de trabajo en equipo, cuando se encuentra a una persona negativa, que no propone soluciones, y que únicamente se dedica a bloquear las ideas y propuestas de terceros, se dice que ni picha, ni cacha, ni deja batear.

Pues bien. Resulta que esa frase sirve para definir el rol actual de las élites políticas en Guatemala en relación a la transformación política 2015-2018.

Una reflexión que se ha repetido hasta la saciedad es que la lucha contra la corrupción no se limita a la persecución penal de personajes vinculados a casos de corrupción o la desarticulación de estructuras que, durante años, se han dedicado al sistemático saqueo de las arcas públicas.

Un verdadero combate a la corrupción requiere –necesariamente- de un proceso de modernización normativa, de actualización de políticas públicas y de cambios en patrones de comportamiento. Sin esas fases ulteriores, el sistema patrimonialista permanecerá intacto en el tiempo, y los corruptos de ayer –algunos presos y otros prófugos- serán sustituidos por los corruptos de hoy y los de mañana.

Sin embargo, la acción de las élites políticas en Guatemala se limita a “no dejar batear”. Oponerse sistemáticamente a la continuación de la fase de depuración judicial de Ministerio Público y CICIG. La discusión de las reformas ulteriores para evitar un “retorno al pasado” está ausente.

Por ejemplo. Para nadie es un secreto que la mayor debilidad del sistema de justicia es la falta de autonomía de las autoridades judiciales frente al poder político y económico. Sin embargo, hoy no vemos una discusión racional sobre una necesaria reforma encaminada a modificar el sistema de comisiones de postulación, a fortalecer la carrera judicial o a aumentar el período de los jueces y magistrados. O peor aún, si nos quejamos que la justicia se politiza, ¿acaso no es un contrasentido que a los magistrados de las altas cortes los elija el Congreso mediante un proceso político? Obvio. Hablar de una reforma constitucional para fortalecer la justicia es un tema tabú.

Lo mismo ocurre con el sistema de contrataciones públicas. Si se sabe que los procesos de licitación han estado sujetos a amaños, trampas y corruptelas, ¿por qué no iniciar un proceso profundo de reforma a la ley de contrataciones? ¿O qué decir del servicio civil y la profesionalización del servicio público? ¿O de las contrataciones de obra gris y la necesaria reforma del Fondo de Conservación Vial (COVIAL)? Estos temas, y muchos otros más, están ausentes en la agenda política del país. De ahí que las élites políticas tampoco “pichen.”

Pero este proceso no se queda aquí. Porque cuando las propuestas provienen de diversos actores, se dejan en la congeladora. Sólo en materia de reforma constitucional están pendientes de atenderse las propuestas de ProReforma del 2008, del Consorcio ASIES-URL-USAC del 2011, y de la gran plataforma nacional por la reforma a la justicia del 2016. La apuesta es al statu quo. Cualquier cosa que implique cambiar las reglas del juego para limitar los espacios de la corrupción, es mejor dejarlos en el olvido. De ahí que las élites políticas tampoco “bateen”.

Por ello, en este juego, el proceso ha degenerado en un mero conflicto de poder. Entre quienes quieren detener de una y para siempre, el proceso de cambio político que inició en 2015. Y quienes quieren que la depuración judicial continúe, sin siquiera reflexionar sobre los puntos pendientes de la agenda. Y en medio, una élite política que no picha, no cacha ni deja batear.

La independencia atomizada

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“Si en todos los países y edades la unión es la fuerza de los pueblos, en el presente es más que en todos los tiempos precisa y necesaria (…) Que haya divisiones cuando la ley misma divide en dos sociedades a los individuos de una sociedad, que las haya cuando la ley eleva a unos pueblos sobre la ruina de otros; pero en un gobierno libre, en un gobierno que debe ser instituido por la voluntad misma de los representantes de los pueblos, deben cesar los motivos de división, triunfar la unión y desaparecer la causa de los partidos…” 1

- Acta de Independencia de Guatemala. 15 de septiembre de 1821.

La atomización es un proceso químico mediante el cual la materia se divide en partículas sumamente pequeñas. Sin embargo, a pesar de ser este un término propio de las ciencias naturales, es apropiado a la hora de describir el fraccionamiento de los procesos políticos latinoamericanos en el contexto de creación de los Estados-nación a inicios del siglo XIX, es decir, de las llamadas independencias.

En vísperas de un año más de celebración independentista en Centroamérica es necesario volver a los textos fundacionales de la república. Tal vez mirar el pasado con ojos críticos y agudos pueda arrojar luces sobre ciertas interpretaciones de un presente que se muestra cada vez más vertiginoso e ininteligible.

Sobre esta balcanización, son esclarecedoras las ideas del prócer de la independencia centroamericana, José Cecilio del Valle, con respecto a la falta de unidad y de una dirección clara y de largo plazo en las élites nacionales en la consolidación las nacientes repúblicas de la América Española, tan sumidas en discrepancias internas (incluso guerras como en Suramérica), que hacían inviable cualquier proyecto republicano:

“La unidad de tiempo es en los grandes planes la que multiplica la fuerza y asegura el suceso; la que hace que dos tengan más poder que un millón. Cien mil fuerzas obrando en períodos distintos sólo obran como una. Diez fuerzas obrando simultáneamente obran como diez” 2

Las raíces de esta desintegración en toda América Latina se hallan en la propias élites nacionales y son, a nuestro juicio, estructurales y transversales a todos los procesos de continuación y ruptura desde la conquista hasta la actualidad. El historiador británico John Lynch habla de una independencia “por defecto” al referirse a Centroamérica,3 pues si bien la élite criolla quería reformas económicas y fiscales, se mostraba dividida ante la cuestión del cambio político.

En Guatemala, tenemos que para ese momento aparecían al menos dos grupos evidentes: los que eran favorables al gobierno central y a la monarquía, formado por actores de las capas medias ilustradas y peninsulares pudientes; y los partidarios de la independencia, formados por miembros de la aristocracia nacional e intelectuales de las capas medias de la sociedad. 

En los inicios de la república (hacia 1825), estas posiciones se cimentan en dos facciones (que modernamente podríamos considerar partidos políticos) que iban de lo moderado a lo radical. Según el propio Del Valle el espectro político de aquellos años se componía de aquellos más cercanos al antiguo régimen, los afectos a “doctrinas envejecidas”, temerosos a lo novedoso y al nuevo orden de las cosas, al cual denominó oposición retrógrada. Y otro grupo que quería un movimiento más rápido, una “convulsión más activa”, afectos a “doctrinas exageradas” y con “necesidad de sangre” a quienes llamó oposición por exceso.4 No obstante, para Del Valle, ambos bandos convergían en el aislamiento de lo que sucedía en Europa, América del Norte y Suramérica.

Prosigue Del Valle:

“los retrógrados quieren poder sin libertad y los exagerados, libertad sin poder; y ambos estados, además de ser imposibles en las naciones cultas y civilizadas, son resultados del triunfo efímero de una facción; y no constituyen la situación constante y permanente de la sociedad…” 5

Con esto se refiere a que no existía una formulación de proyecto nacional,6 es decir, no había un plan de Estado con grandes líneas estratégicas que todos los actores políticos del gobierno (independientemente de los partidos) acordaran seguir y cumplir, como sí lo hubo en Norteamérica.7 Probablemente una respuesta a esta miopía histórica de las élites se refiera a lo que se ha denominado absolutismo originario,8 que tiene que ver con la permanencia y continuidad en el tiempo de ciertas instituciones, patrones de comportamiento y actitudes que tienen sus orígenes en el pasado colonial9 y también a las condiciones materiales tan dramáticas (pocos pobladores, economías de subsistencia, además del tema indígena), que hacían impensable pensar en el largo plazo; de manera que, históricamente, las decisiones tendieron a lo inmediato y a la improvisación:

“Esta indecisión, que es un mal durante la lucha, es un verdadero bien si se atiende a que el momento de la convulsión, no es más a propósito para tomar una resolución prudente. Desgraciada la nación que se decide con ligereza. Es verdad que ninguna se decide, sino cuando la atacan en lo más vivo de su existencia…” 10

En ese sentido, si no hay una idea de Estado, ni un proyecto nacional con líneas estratégicas independiente de líneas partidistas, ni un pacto en las élites; la política estará destinada a servir exclusivamente intereses individuales, extractivos y de corto plazo. Sobre esto, Del Valle es elocuente:

“De aquí se infiere que todo partido puede contar que labra su propia ruina cuando su delirio llega al punto de comprometer los intereses más amados de la nación. No hay fuerza ni poder sino cuando se defienden intereses nacionales” 11

Para el historiador John Lynch “no existía una nación”12. Centroamérica para ese momento tenía una idea vaga de identidad nacional con élites “atomizadas” en regiones e intereses. Sin la unidad impuesta por España no había cohesión alguna y sin el absolutismo español no había ninguna autoridad central. En el período colonial la Corona había sido una fuente de legitimidad política y sus agentes habían arbitrado las disputas entre las élites. Ahora, las redes de familias regionales luchaban simultáneamente por hegemonía, recursos e inmunidad. Tampoco había Estado en el sentido de que entre 1823 y 1826 el gobierno central se abstuvo de actuar como tal, al no reclutar un ejército ni cobrar impuestos,13 características esenciales del Estado moderno.

Estas son las razones por las que no había un gobierno que pudiera hacer frente a ambas lides. Y mientras esta dialéctica se daba en el seno de las élites:

“existe la gran masa nacional, como un escollo eminente e inmoble, contra el cual vienen a estrellarse las olas encontradas que quieren dominarlo. Esta masa sosegada y, por así decirlo, inerte, ve las agitaciones, los furores, las injusticias de los partidos; estudia en silencio los hombres, las instituciones y los acontecimientos…” 14

En ese sentido, básicamente doscientos años de historia republicana no son más que una dilatada recopilación de intentos fallidos de lograr consensos y de acuerdos frustrados. La pregunta es cuándo se logrará ese anhelado concierto de intereses que establezca reformas de Estado tan urgentes como necesarias.


Referencias:

[1]  “Acta de Independencia de Guatemala”. Pensamiento político de la emancipación. Tomo II. Caracas. Biblioteca Ayacucho. Pp. 243-247

[2] DEL VALLE, José Cecilio. “Soñaba el Abad de San Pedro y yo también sé soñar”. Ibídem. Pp. 253. En este texto, Valle expone su proyecto de unidad americana. El título alude a una difundida obra del abate de Saint Pierre, escrita a principios del siglo XVIII, en la que proponía la formación de una federación europea.

[3] LYNCH, John. “Centroamérica, la independencia por defecto”. Las revoluciones hispanoamericanas. Barcelona. Editorial Ariel. 2001. Pp. 325

[4]  DEL VALLE, José Cecilio. “Gobierno representativo y oposición”. Obra Escogida. Caracas. Biblioteca Ayacucho. Pp. 54-55

[5] DEL VALLE, José Cecilio. Ibídem. Pp. 57

[6] Esta es una categoría del historiador Germán Carrera Damas que se refiere a los arreglos políticos, jurídicos y sociales que se fundaron esencialmente en la noción de soberanía nacional durante los procesos de independencia y la creación de repúblicas en América Latina. (CARRERA DAMAS, Germán (coord..) Formación histórico-social de América Latina. Caracas. UCV-CENDES. 1982. Pp. 193-194)

[7] El caso de los Estados Unidos de Norteamérica es elocuente porque ellos sí se plantearon −más allá de los intereses partidistas entre federalistas y anti-federalistas− qué nación querían ser y cómo lograrlo. En relación a lo primero, lo cual tiene que ver con los fines y objetivos, está la doctrina del “Destino Manifiesto”, que se basa en la creencia de que Estados Unidos de América era una nación destinada a expandirse desde las costas del Atlántico hasta el Pacífico, de allí la forma de Estado federal y la expansión territorial. Y en segundo lugar, en relación a los medios para alcanzar esos fines, están las ideas de Alexander Hamilton sobre la industrialización en su famoso Informe sobre manufacturas de 1790.

[8] Más allá de las continuidades y rupturas, la sociedad latinoamericana se conforma bajo el ámbito socio-político y espiritual de la modalidad colonial de la monarquía absoluta (CARRERA DAMAS, Germán. Ibídem. Pp. 122-123)

[9] STANLEY, J. / STEIN, Barbara. La herencia colonial de América Latina. Madrid. Siglo XXI Editores. 1993. Pp- 7-29

[10] DEL VALLE, José Cecilio. Ob. Cit. Pp. 58v

[11] Ídem. 

[12]  LYNCH, John. Ob Cit. Pp. 329

[13]  LYNCH, John. Ibídem. Pp. 331

[14]  Ídem.

Tomar el debido proceso en serio (Parte I)

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Tomarse el debido proceso en serio debe ser una de las cuestiones básicas cuando se quiere construir una institucionalidad ceñida al ideal político de Estado de Derecho.

El eminente profesor de Harvard Ronald Dworkin irrumpió en el ámbito de la teoría del derecho con el libro cuyo título se toma en préstamo a efectos de nuestro propósito: Taking Rights Seriously (1977). Todo el mundo habla del debido proceso, pero mucho de lo que se dice sobre la garantía no es verdad y es muy superficial.

Tres errores principales dominan la discusión sobre el debido proceso en Guatemala. El primero, reduce el debido proceso al derecho a la defensa, eludiendo el haz de derechos que conforman la garantía con arreglo a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos. El segundo, simplifica la noción de derecho a la llamada presunción de inocencia, muchas veces poca comprendida, máxime si se analizan otros derechos rivales como el de libertad de expresión etc.

El tercero, supone que el ordenamiento jurídico de Guatemala satisface los requerimientos del debido proceso con arreglo a estándares internacionales y que las violaciones al debido proceso solo son producto de malas actuaciones por parte de determinados funcionarios o jueces. Estas tres visiones son erróneas como se tendrá ocasión de comprobar.

En una serie de entradas semanalmente me propongo analizar la garantía constitucional del debido proceso, tanto desde el punto de vista teórico como práctico. En Guatemala pese a que se menciona constantemente la palabra«debido proceso», no hay literatura constitucional especializada que analice el tópico. Por ello, trataré en la medida de lo posible, de soportar mi investigación con fuentes documentales del derecho comparado, jurisprudencia nacional e internacional, sin menoscabo de mi propia perspectiva.

En el transcurso de las semanas criticaré con contundencia aquellas opiniones académicas y políticas expresadas por otros en el país. A pesar de que en el debate político se emplea constantemente la palabra «debido proceso» para apelar a su existencia en los distintos casos que se someten a los tribunales, o bien para criticar el comportamiento de los tribunales de justicia, Ministerio Público o CICIG, ello no ha estimulado la producción de libros, artículos, informes o entradas específicas para analizar la situación jurídica.

Es menester destacar que el uso de la palabra ha trascendido del ámbito judicial y se ha convertido en tema de conversación en la televisión, prensa escrita, universidades, centros de pensamiento y hogares. Este hecho singular solo viene a mostrar el interés ciudadano en casos judiciales básicamente relacionados con temas de corrupción o cuando no, con una especie de judicialización de la política.

Al ser la corrupción un problema de Estado[1], no es en rigor un fenómeno eminentemente político, ligado a la estructura de poder, a menos que se quiera referir que el sistema político constitucional se hizo para la corrupción. Es ante la corrupción, un fenómeno politizado que sin tener naturaleza o fines políticos, determina la dinámica política y en muchos casos podría llegar a tener significación e impacto político, en campañas, legislaciones etc.[2]

La mayoría de los casos judiciales mediatizados por la prensa son penales y han desencadenado que el vocabulario judicial sea asumido por “legos” formando parte de los discursos políticos. Uno de estos términos usados es el debido proceso.

Con una larga historia que se remonta a la Magna Carta Libertatum (1215), el debido proceso tiene eco en diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) de 1969 entre otras.

La referida garantía del debido proceso, implica un haz de derechos que no siempre se analizan en su conjunto. Tales derechos son a título enunciativo y no taxativo, la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia[3]; derecho a ser oído públicamente por un tribunal competente; garantías institucionales que favorezcan independencia e imparcialidad judicial e incluso presunción de inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.

Con arreglo a la tradición constitucional occidental, la garantía implica a su vez, el derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo. Además, protege a los individuos a no declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable, en tanto la confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.

Además de los derechos antes referidos que conforman ese haz antes mencionado, debe incluirse el derecho a ser notificado en el idioma que la persona comprenda o si fuere el caso, asistido gratuitamente por el traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal; el derecho a ser informado en forma detallada de la naturaleza y causas de la acusación formulada e incluso la concesión del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de una defensa; la obtención de un defensor, inclusive gratuito, si careciere de medios suficientes para pagarlo; y el ser juzgado sin dilaciones indebidas.

De igual modo, toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, es decir, un derecho de apelación. En el procedimiento judicial aplicable a los menores de edad a efectos penales, se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social.

Conforme al principio de responsabilidad patrimonial del Estado, cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho plenamente probatorio de la comisión de un error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido.

Por último, conforme al principio non bis in ídem, nadie podrá ser juzgado, ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país. Sobre todos estos derechos nos referiremos en las sucesivas entradas sobre este tema.


Referencias

[1] Njaim, Humberto, La corrupción, un problema de estado, Dirección de Cultura, Universidad Central de Venezuela, Caracas, 1995.

[2] García Pelayo, Manuel Idea de la política, Fundación Manuel García-Pelayo, Caracas, 1999.

[3] Art. 14.  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8 de Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José)

Poner de moda la virtud

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Llevamos en el país ya varios meses de movilización ciudadana como no habíamos visto en las últimas décadas, aunque los motivos que llevaron a las calles a las capas medias urbanas están presentes, desafortunadamente, desde hace ya mucho tiempo en nuestro país.

La corrupción, el fraude, el engaño, los abusos de poder en un sinfín de expresiones, la indolencia, la desvergüenza de una buena parte de la clase política, son males que venimos arrastrando y con los cuales nos hemos acostumbrado a convivir desde hace varios gobiernos. Si unos han robado más que otros ya resulta anecdótico. Es risible, cuando no ofensivo, que personajes de la política nacional hoy se quieran dar baños de pureza cuando ellos han sido parte y hasta protagonistas de esta podredumbre. Valga decir , que todos los sectores, de alguna u otra manera, tenemos nuestra cuota de responsabilidad en este estado de cosas.

“Pareciera que la CICIG de la mano del MP, nos aplicó una especie de terapia de choque, y nos enfrentó cara a cara con nuestros males” 

Pero en abril de este año algo pasó. Ese algo pareciera que despertó nuestra conciencia ciudadana o al menos la empezó a hacer reaccionar. Sí, pareciera que la CICIG de la mano del MP, nos aplicó una especie "terapia de choque", y nos enfrentó cara a cara con nuestros males; lo que viene pasando desde entonces es alentador. La CICIG sacudió el sistema pero también como decimos en buen chapín, nos pegó una gran sacudida a los ciudadanos… buena falta que nos hacía.

Quiero pensar que los guatemaltecos estamos inaugurando una nueva etapa en nuestra historia, marcada ahora ya no por la tolerancia a tanto desmán, sino más bien marcada por la continua vigilancia de los ciudadanos hacia sus autoridades. Ya no marcada por la apatía y el desdén con que acostumbramos ver todo lo relacionado con el quehacer político, sino más bien, marcada por la conciencia que la política nos incumbe a todos. Una etapa donde tomemos pleno conocimiento que el estado desastroso de los hospitales nacionales -esos mismos donde las carencias son inimaginables y motivo de pérdida de vidas humanas- y los enormes déficits en las escuelas del sector público, tienen su raíz principalmente en un sistema corrupto que hemos permitido por años.

¿Cómo es posible que los funcionarios públicos, o una buena parte de ellos, hagan con el erario público (despilfarro, gastos superfluos, etc.) lo que nunca harían con sus propios recursos? De ahora en adelante debemos exigir cuentas claras, publicidad y transparencia en la ejecución del gasto público. Exigir que la ley de acceso a la información pública se cumpla a cabalidad. Ya no más licitaciones públicas hechas “a la medida”.

En este momento no podemos ni debemos dar un paso atrás. Necesitamos continuar con la protesta ciudadana pacífica y responsable. Si ya hemos visto que los corruptos no se cansan, y es más, saquean con mucha velocidad, ¿por qué hemos de claudicar nosotros en nuestra lucha legítima?

Decencia y dignidad es lo que debemos exigir a la clase política, pero también como ciudadanos nos corresponde actuar bajos los mismos parámetros que exigimos.

El mensaje sigue siendo claro y fuerte: ¡nos cansamos! Queremos y merecemos otro país.

Hoy tomo prestadas las palabras de Celia Recinos: “Poner de moda la virtud”, eso es lo que necesitamos.

-“Espero que pronto amanezca en Guatemala”, me dijo recientemente un gran conocedor de este país, que merece todo mi respeto. Yo sólo pude suspirar y pensar, ojalá, ojalá…

Linchamientos ¿La solución a la impunidad?

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El linchamiento ocurrido el fin de semana en Sololá, ha desnudado nuevamente la precariedad del Estado de Derecho en Guatemala.

Linchar a un ser humano es una de las expresiones más salvajes que puede manifestar cualquier sociedad. Significa retroceder siglos en la evolución de la civilización, ya que desatiende principios básicos como la presunción de inocencia de cualquier acusado, así como el derecho a la legítima defensa y a un proceso libre de vicios. Una turba decide, guiados más por emociones primitivas que por razones válidas, que la persona acusada debe morir.

Algunos defienden este tipo de actos, argumentando que la violencia ha llegado a niveles insoportables y que por tanto la población no tiene más remedio que tomar cartas en el asunto. Aducen que si entregan a los supuestos criminales a la policía o al sistema judicial, muy pronto saldrán libres, por lo que la única opción es tomar la justicia por las propias manos, como un acto de legítima defensa.

No dudo que estos argumentos hacen eco de la desesperación de la población, ante la impunidad con la que actúan los criminales en el país. Efectivamente, contamos con un Estado que no ha cumplido con la función básica de proteger la vida y la propiedad de las personas, lo que puede llevar a que la población tome medidas extremas.

“El linchamiento es una venganza, pero bajo ningún término significa justicia.”

Sin embargo, los linchamientos tienen efectos nocivos para una sociedad. En primer lugar, se presta para que personas inocentes sean víctimas de turbas enardecidas. En medio de un linchamiento no se escuchan razones. Las personas pueden acusar injustamente a un individuo de cometer actos criminales, sin que éste tenga el derecho de defenderse. ¿A cuántas personas inocentes se habrán linchado en este país?

En segundo lugar, aun cuando una persona sea culpable de un delito, éste debe ser juzgado por un sistema de justicia que le garantice un proceso adecuado, y también debe recibir una condena acorde al delito cometido. ¿Qué legitimidad tiene un grupo de personas cegadas por la furia de juzgar a un conciudadano? ¿Podrán ser justos y ecuánimes cuando lo que guía su actuar son las emociones? El linchamiento es una venganza, pero bajo ningún término significa justicia. Ésta última debe cumplir una serie de requisitos que garanticen ciertos derechos básicos al acusado y que al mismo tiempo atienda prontamente a las víctimas.

En tercer lugar, apoyar los linchamientos significa promover el caos. En una sociedad avanzada, el Estado es el único que debe tener el monopolio de la fuerza. Si cada quién busca la justicia por su propia mano, más pronto que tarde, tendremos matanzas indiscriminadas. Cualquiera podría ser víctima de un linchamiento, promovido por enemistades, más que por delitos cometidos.

Por último, los linchamientos pueden dañar seriamente la salud emocional de los individuos y afectar los tejidos sociales. Las personas que presencian un linchamiento pierden sensibilidad hacia el dolor del prójimo. Muchos niños han presenciado cómo una persona es quemada viva, con el jolgorio de las turbas que le rodean. ¿Qué traumas pueden dejar estas imágenes en la mente frágil de un niño? ¿Qué es lo que está aprendiendo de ese acto? ¿Cómo afectará esta experiencia su forma de relacionarse con el prójimo y la sociedad?

Fortalecer el sistema de justicia puede resultar un proceso demasiado complejo y demorado para muchas personas. Sin embargo, la convivencia pacífica depende en que sigamos ciertos principios y procesos que se aplican en sociedades más avanzadas que la nuestra. Nada justifica que una persona sea linchada. Eso es un crimen, jamás un acto de justicia.

¿Nada cambió?

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“La vida no es esperar a que pase la tormenta, es aprender a bailar bajo la lluvia.”

No culpo a los pesimistas por su pesimismo porque, en parte, tienen razón, la corrupción, el tráfico de influencias, los abusos y los malos políticos siguen alojados en las instituciones públicas, más bien quiero invitarlos a combatir el derrotismo y el determinismo con el que a veces analizan la realidad nacional. Ni todo está tan malo ni todo está tan bueno, estamos en un momento de inflexión y no blasfemamos los que consideramos este período político como una oportunidad.

Hay un término que he escuchado varias veces y que me gusta para estos casos:, practiquemos el “optimismo inteligente”. Y es que ser optimista no necesariamente es ser tonto, estar mal informado o ser iluso. Ser optimista, en este caso, es tener la disponibilidad de analizar los factores que nos llevaron al momento que estamos viviendo y notar los cambios positivos, aun los más sutiles, por los que está atravesando el país. Aquí van unas notas positivas:

1. A DIFERENCIA DE SUS PREDECESORES Y SUS CONTRINCANTES JIMMY MORALES ESTÁ DEMOSTRANDO QUE SERÁ PRUDENTE CON SUS DECISIONES POLÍTICAS, CASI TEMEROSO.

Alguien podría decir que esto es negativo porque tenemos la idea de que necesitamos un líder fuerte, carismático y seguro de sí mismo. Morales sin duda tiene algunas de estas características de personalidad, sin embargo está caminando de puntillas con sus decisiones políticas, eligiendo cuidadosamente a la gente que le va a acompañar, escuchando y buscando en la opinión pública cuáles son los temas más sentidos para la población, sabe que su mayor fortaleza es y será la gente.

 

También sabe que como político “nuevo” que se presentó como un “impoluto” en un momento sensible sus errores, por más pequeños que sean, no serán perdonados.

 

2. LA FISCALIZACIÓN Y LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN SON EL TEMA NÚMERO UNO EN LA AGENDA DEL PAÍS

Pareciera que estamos dejando atrás los días en que le exigíamos al gobierno todo tipo de soluciones a cualquier costo. Estamos tomando conciencia de que si queremos instituciones efectivas primero debemos pasar por un proceso de limpieza que incluye incluso austeridad y prudencia en las finanzas nacionales. Las organizaciones de la sociedad civil lo piden de forma seria y parece que el mensaje comienza a calar en el sistema político, los medios de comunicación y la población. Este no es un momento de gastos desmedidos, es un momento de desacelerar y balancear el motor del vehículo.

 

3. EL CONGRESO SE ESTÁ CONVIRTIENDO EN EL PRINCIPAL BLANCO DE LA ATENCIÓN Y MANIFESTACIÓN CIUDADANA.

Estamos reconociendo la importancia del Congreso en el sistema político y la necesidad de prestar atención a las acciones individuales y colectivas de los representantes del pueblo. Ya no nos pasan inadvertidas las acciones de los diputados, por el contrario comienza a permear la idea de la depuración del Congreso, la cual parece que podría materializarse con ayuda del Sistema de Justicia, el Ministerio Público y la CICIG en los próximos meses. El Presidente electo podría subirse en esta ola y usarlo esto en su favor para promover las reformas que la población exige y que él parece estarse comprometiendo a apoyar.

¿Cómo la sociedad civil y los centros de investigación pueden fiscalizar al #CongresoGUA? participación, control,acceso,rendición de cuentas

4. LAS INSTITUCIONES PARECEN ESTAR RESPONDIENDO ADECUADAMENTE SIN NECESIDAD DE SUFRIR CAMBIOS RADICALES.

El principal ejemplo es el Sistema de Justicia, no hubo necesidad de desconocer a todos los jueces y magistrados por la forma perversa como fueron electos para que algunos de ellos comenzaran a responder adecuadamente a los esfuerzos del Ministerio Público y la CICIG. ¡Hay presión! Saben que están siendo observados por la gente, la CICIG, el MP y la prensa nacional e internacional. ¿Cuándo se sumarán la Contraloría General de Cuentas y el Congreso en esta labor fiscalizadora?

 

El reto de promover reformas institucionales seguirá estando pendiente y es muy necesario, pero no deja de ser importante notar que aún en las instituciones más corruptas, el buen trabajo de algunas pocas personas puede hacer la diferencia.

Como nota curiosa, me pareció interesante que la población se han encargado de recompensar el buen actuar de algunos funcionarios con palabras de admiración y respeto, ¿Comenzarán los funcionarios públicos a interesarse por su legado?

Apoyemos todos al Juez Gálvez quien estará ligando a proceso y dictando prisión preventiva al "1" en pocas horas! pic.twitter.com/AMbLQPF0Vl

 — Podemos Guatemala (@GuatePodemos) 8 de septiembre de 2015

 

 

— Publinews Guatemala (@Publinews_GT) septiembre 6, 2015 

 

5. TENEMOS LA GANA DE SALIR A MANIFESTAR METIDA ENTRE CEJA Y CEJA.Queremos salir a manifestar, queremos que los políticos nos den excusas para decirles lo mal que lo están haciendo y esto es muy positivo. Hay quienes temen porque consideran que podemos caer en una lógica de “despedir” presidentes a diestra y siniestra pero este es un fenómeno que vale la pena analizar también desde fuera de una lógica institucionalista rígida o muy conservadora, a través de la permanente vigilancia podemos crear políticos temerosos de las instituciones mientras construimos unas más sólidas y funcionales.

 

Cuidado también con la Plaza porque hasta algo que nos gusta mucho puede terminar aburriendo si lo comemos demasiado. Ni tanto que los políticos se acostumbren ni tan poco para que se confíen.


“La vida no es esperar a que pase la tormenta, es aprender a bailar bajo la lluvia.” Que la sombra del pesimismo no caiga sobre nuestros hombros, en toda esta crisis política/institucional hay oportunidades que debemos tomar.

Los fenómenos sociales y políticos se caracterizan porque pueden ser fácilmente analizados desde distintas perspectivas, ser optimista ante la situación política que atraviesa el país no significa sentarse a esperar que las cosas pasen porque “van por buen camino”.

Todo lo contrario, significa estar siempre pendientes, siempre vigilantes y siempre positivos porque, entre todo lo malo, todavía tenemos algo con qué luchar.

Notas sobre la pena de muerte

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La pena de muerte es una sanción y no un derecho constitucional por lo que su abolición no requiere de una reforma Constitucional.

En reciente sentencia, la Corte de Constitucionalidad mediante expediente n° 1097-2015 de fecha once de febrero de 2016 declaró inconstitucional una parte del penúltimo párrafo del artículo 132 del Código Penal . La Corte, no se pronunció sobre la inconstitucionalidad de la pena de muerte en abstracto, sino que expulsó del ordenamiento jurídico ese párrafo del delito de asesinato por inconstitucionalidad con arreglo a los artículos 17 y 19 de la Constitución.

 

 

En cuanto al artículo 17, basándose en la idea de que el término “peligrosidad” resulta lesivo al principio de legalidad por cuanto solo pueden ser punibles las acciones calificadas como delitos o falta por ley anterior a su perpetración, centradas en base a lo que ha hecho el infractor y “no en lo que es”(1) . En cuanto al artículo 19, por cuanto la Corte estimó que el referido artículo impide la readaptación social y la reeducación, eludiendo la importancia que tiene el Estado de concebir a la persona humana como sujeto y fin del orden social, lo cual obliga al Estado a idear mecanismos que se traduzcan en que las penas logren la readaptación del social del sujeto.

 

 

Guatemala es uno de los pocos países que no se ha integrado al movimiento abolicionista de la pena de muerte. Ahora bien, aun cuando no se proscribió la pena de muerte en los tratados y convenios internacionales - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos(2), en la Convención Americana de Derechos Humanos(3) o en la Convención Europea de Derechos Humanos-, si es llamativo que rápidamente los países y sectores sociales que presionaban sobre la abolición de la pena de muerte se pronunciaran rápidamente en contra de la legitimidad de una medida tan severa, “cruel” y obsoleta”(4).

En Guatemala el criterio pro homine característico de los derechos humanos no ha logrado cristalizar en el ámbito de los derechos humanos. De hecho, por razones ajenas a una abolición de la pena de muerte ésta no se ejecuta. La razón estriba en que el Congreso de la República en fecha 1 de junio de 2000, mediante Decreto Legislativo n° 32/0023, derogó el Decreto No. 159 del año 1892 que regulaba la facultad del Ejecutivo para conceder indulto o conmutación de la pena y reglamentaba el procedimiento para hacer efectivo tal derecho.

Derogada dicha facultad y el procedimiento previsto en esta normativa, la pena de muerte aplicada devendría en anti convencional e inconstitucional, al contrariar la obligación estatal de “garantizar el más estricto y riguroso respeto de las garantías judiciales al aplicar ese tipo de penas”, además del “derecho que asiste a toda persona condenada a muerte de solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.6 de la Convención Americana”(5).

La Corte de Constitucionalidad(7) no puede abolir la pena de muerte pues tiene competencias jurisdiccionales y no legislativas. La pena de muerte es una sanción y no un derecho constitucional por lo que su abolición no requiere de una reforma Constitucional, aun cuando dicha sanción esté en el Título II de la Constitución, capítulo I. La precisión del artículo es diáfana al recalcar que el Congreso (poder constituido) puede abolir la pena de muerte, puesto que el propósito del artículo constitucional (18) que establece las prohibiciones para la pena de muerte en los casos que allí se indica, solo tiene por objeto lograr límites severos, prohibiciones, restricciones y exclusiones en consonancia con los estándares internacionales.

La adopción constitucional del lenguaje de los derechos humanos obligará paulatinamente a que el Estado en su conjunto impulse la plena vigencia de los Derechos Humanos, en el que la vida tiene un lugar destacado. En tal sentido, el margen de acción del legislador desde una perspectiva favorable a los derechos humanos debe ser la de desarrollar los mismos y no constreñirlos. Por ello, una vez comience la Corte a exhortar al legislador (Congreso) a que procure un modelo garantista de los derechos humanos como sucedió con esta sentencia, ello significará un paso importante en la búsqueda por asegurar el deber del Estado de garantizarle a los habitantes de la República la vida y el desarrollo integral de la persona.


BIBLIOGRAFÍA

(1) Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Fermín Ramírez (Sentencia de 18 de junio de 2005).

(2) Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Guatemala no lo suscribió

pero el 5 de mayo de 1992 la ratificó. Al momento de escribir este estudio al menos hay 74 signatarios y ha sido ratificado por 168 países.

(3) Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”. Adoptado en San José, Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. La entrada en vigor se realizó el 18 de julio de 1978, conforme al Artículo 74.2 de la Convención. En el caso de Guatemala, su firma se produjo el 22 de noviembre de 1969, la ratificación/adhesión el 27 de abril de 1978, el depósito el 25 de mayo de 1978 y la aceptación de competencia de la corte el 9 de marzo de 1987.

(4) Faundez Ledesma, H. “El Derecho Internacional y la pena de muerte” en Revista de Derecho Público, n° 55-56, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas, 1993, p. 61.

(5) Corte Interamericana de Derechos Humanos, Casos: Hilaire, Constantine y Benjamin y otros (Sentencia de 21 de junio de 2002), Caso Fermín Ramírez (Sentencia de 18 de junio de 2005) y Raxcacó Reyes Vs. Guatemala (Sentencia de 15 de septiembre de 2005).

(6) Altolaguirre, P. “Sobre la pena de muerte” en El Periódico de Guatemala, de fecha 30 de marzo de 2016.

 

Nuevas propuestas políticas

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¿Qué tienen en común las nuevas propuestas políticas que se ven emerger en muy diferentes puntos del mundo?

Cuando escuchamos nombres como Trump o Sanders en Estados Unidos, Trudeau en Canadá y Morales en Guatemala. Cuando intentamos comprender la aparición de grupos como Syriza en Grecia, Podemos en España, el AFD en Alemania y el Frente Nacional en Francia. Cuando aparecen ideas rupturistas en Inglaterra, Cataluña y Escocia, y cuando revisamos las circunstancias que facilitaron la llegada al poder de Hugo, Evo y Rafael en Venezuela, Bolivia y Ecuador, es obligado el análisis sobre las cosas que estos grupos y personas tienen en común, los riesgos que representan y también las oportunidades.

El común denominador es que son outsiders y antiestablishment; desprecian la política tradicional y han sabido conectar con la población; algunos de ellos, ofreciendo cosas que saben que no cumplirán, y otros, aprovechando la frustración ciudadana para llegar al poder, en algunos casos, para destruir y hacer más daño del que hicieron sus antecesores.

América Latina pasa por un momento delicado. La caída en la demanda y los bajos precios de las materias primas han provocado un frenazo en sus economías. Brasil está sumido en una crisis política y económica de la que todavía no sabemos cómo saldrá. Venezuela, devastada por el chavismo y aunque el inevitable final se acerca, tomará años reconstruirla. Bolivia y Ecuador tienen que rescatar sus democracias o no llegarán muy lejos y Centroamérica sigue perdida en su laberinto.

La esperanza en América Latina está en Chile, Uruguay, Perú, Colombia y Panamá, que intentan hacer las cosas bien a pesar de la situación económica mundial. Y ahora, se suma Argentina con su nuevo gobierno, sobre el que hay grandes expectativas. El riesgo más grande de América Latina es sufrir retrocesos políticos y pérdida de libertades civiles a causa del estancamiento económico, el cual podría ser aprovechado por movimientos populistas y extremistas.

“Es evidente que la política pasa por un mal momento en el mundo. El gran desafío de nuestro tiempo es rescatarla y devolverle clase y brillo con líderes capaces y honestos.”

Europa no logra enderezar el rumbo. Alemania, Francia, Italia y España son los países llamados a salvar el proyecto europeo pero están aturdidos por la larga recesión, la falta de liderazgo y sus crisis internas. A esto se suman la presión que han puesto los refugiados y la amenaza terrorista.

Es evidente que la política pasa por un mal momento en el mundo. El gran desafío de nuestro tiempo es rescatarla y devolverle clase y brillo con líderes capaces y honestos; con visión de Estado de largo plazo. Los riesgos por la forma en que se gestiona la política en el mundo de hoy son inmensos, pero es importante encontrar luz en tanta oscuridad.

Para empezar, identifiquemos dos oportunidades: la primera es que los políticos tradicionales se den cuenta de que su tiempo terminó y que la vieja política es cosa del pasado. Los ciudadanos de hoy están más informados, son más exigentes y participan más. Y aunque puedan estar equivocados (que lo están con frecuencia) así es el proceso de aprendizaje que lleva a los pueblos a la verdadera democracia y al desarrollo. Así ha evolucionado la raza humana.

La segunda oportunidad está en que se ha hecho evidente que las cosas mejorarán cuando los mejores ciudadanos decidan participar en la política. Como técnicos, como funcionarios y en puestos de elección popular. Formando equipos y dando continuidad a verdaderos proyectos de Estado.

Vivimos un cambio de era. Los desafíos y amenazas en el mundo tienen hoy más complejidad. La responsabilidad de la actual generación de dirigentes es estar a la altura de los retos y encontrar salida y solución a los anhelos y esperanzas de los ciudadanos. No olvidemos lo más importante: la clave está en la política.

Constitución y poder judicial

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La función de los magistrados y jueces no es democrática, sino que es republicana, pues están llamados a defender el “imperio de la ley” de los tentáculos del poder político e incluso de las ambiciones de diversos sectores sociales.

La Constitución de Guatemala toma para sí el modelo de control jurisdiccional de la Constitución como requisito para posibilitar la existencia de una Constitución normativa. Desde el célebre caso Marbury contra Madison (5 U.S. 137 1803) de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, si los jueces no están dotados del poder de desaplicar cualquier acto u actuación contrario a la Constitución, la misma devendría en una mera hoja de papel sin efectividad política y jurídica.

La justicia impartida por los jueces, debe basarse exclusivamente en la Constitución y en las leyes de la República (art. 203), promoviendo el máximo apego a la Constitución, entendida ésta como lex superior. La necesidad por establecer mecanismos jurisdiccionales de protección de la Constitución -hábeas corpus (263), amparo (265), inconstitucionalidad de leyes de carácter general (267) y concretos (266)-, está absolutamente relacionada con la noción de Constitución que se asume mayoritariamente en el constitucionalismo moderno.

Esta idea se basa esencialmente en el argumento del juez John MARSHALL:

La existencia de Constitución como establecieron los revolucionarios de 1798 (Revolución Francesa), solo es posible si la misma establece la garantía de los derechos y la separación de los poderes (art. 16 de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789). Dicha Constitución es el resultado de la “juridificación” de la soberanía, en tanto el pueblo al escribir el documento constitucional se somete a ésta irremediablemente, así como se someten todos los “organismos” creados por ella desde el punto de vista formal, para que pueda darse un “gobierno de leyes y no de hombres”.

En Guatemala, la Constitución dispone que el pueblo es titular de la soberanía, pero su ejercicio está sometido y regulado por la propia Constitución. Por ello, si el pueblo quisiera cambiar la Constitución, debe acudir a los procedimientos de reformaprevistos en la lex superior (arts. 277-281).

Si bien la organización del poder establecida en la Constitución está dirigida a garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus libertades, “afirmando la primacía de la persona humana” y haciendo al Estado “responsable de la promoción del bien común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz”, estos fines deberán ser garantizados por los jueces, en aras de que alguien dentro de la estructura constitucional permita que el documento que se ha dado a una comunidad política sea respetado. En efecto, si bien existen los organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, además de los órganos con autonomía funcional (Contraloría General de Cuentas, Ministerio Público, Tribunal Supremo Electoral entre otros), es menester destacar, que el judicial tiene una importancia inusitada.

La existencia de una Constitución normativa, solo es posible, si los jueces y magistrados cumplen con su delicada y responsable labor. Su función no es democrática, sino que es republicana, pues están llamados a defender el “imperio de la ley” de los tentáculos del poder político e incluso de las ambiciones de diversos sectores sociales. Para la concreción de tan delicada tarea, los magistrados y jueces deben contar con sólidas garantías institucionales, no solo en la Constitución, sino también en un desarrollo legislativo inteligente, pues sin eso será imposible lograr el ideal de un “organismo judicial”, independiente e imparcial (205), necesario para que prevalezca la justicia.

Por deber de independencia se entiende el control que se debe tener sobre los móviles del juez frente a influencias extrañas al Derecho provenientes desde fuera del proceso jurisdiccional. Esta independencia se predica frente a organismos del Estado, iglesias, organizaciones sociales, partidos políticos, corporaciones, prensa, televisión etc. (arts. 52 y 60 Ley del Organismo Judicial). Por otra parte, en relación al deber de imparcialidad, se entiende a los mecanismos de control sobre los móviles del juez, frente a influencias extrañas al Derecho provenientes desde dentro del propio proceso jurisdiccional, es decir, frente a las partes en conflicto y/o frente al objeto de litigio (arts. 56 y 123 a Ley del Organismo Judicial).

Sin estas dos garantías, será difícil que exista Constitución, libertad individual y política, propiedad privada y prosperidad material, algo que necesita América Latina en su conjunto, aun cuando sea en unos países más que otros; tal y como refiere el “The World Justice Project (WJP) Rule of Law Index”.

Discutamos sobre agua

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El problema del agua es otro que desnuda irremediablemente la debilidad institucional del país.

El agua no es un recurso particularmente escaso en Guatemala, el IARNA en su Perfil ambiental de Guatemala 2010 – 2012[1] advierte que en Guatemala hay aguasuficiente para satisfacer las necesidades de consumo; de hecho, el agua que es utilizada en el país, representa menos de una cuarta parte de la oferta hídrica disponible. En pocas palabras: Guatemala tiene suficiente agua.

Con lo esperanzadores que puedan sonar los datos del párrafo anterior, el estudio de IARNA señala también que al año 2011, el 24.7% de los hogares del área rural en el país (aprox. 3 millones de personas) no tenían ni siquiera acceso a agua entubada, que no es lo mismo que potable.

Si bien esto no suena alarmante, dichos datos merecen ser examinados cuidadosamente pues, es cierto que existe suficiente agua en el país, como un dato general, pero no todas las regiones tienen la misma disponibilidad, ni la misma calidad de agua.

El estudio llega a una conclusión casi de inmediato: los problemas de Guatemala en relación al recurso hídrico, en general, no son provocados por la poca disponibilidad, sino por la poca capacidad técnica y la poca voluntad política que existe para gestionar el recurso de manera eficiente.

LEGISLACIÓN Y POLÍTICA SOBRE EL AGUA

Existen varios esfuerzos por incluir el tema del agua en la legislación nacional. Desde la Constitución, que habla sobre el tema en diversos artículos hasta distintas disposiciones que sancionan acciones relacionadas al tratamiento del agua como el desvío de ríos en el artículo 260 del Código Penal; o que obligan a las municipalidades a gestionar el recurso, como el artículo 68 del Código Municipal.

También existe en el país una Política nacional del sector de agua potable y saneamiento propuesta por el Ministerio de Salud y Asistencia Social[2] , que está enfocada a la gestión y saneamiento del agua con el fin de mejorar el acceso a agua de consumo humano y así tener un impacto positivo en la salud.

Además, en los últimos días y con la Marcha por el Agua llamando la atención de los medios de comunicación, se ha despertado nuevamente el interés sobre una ley específica para la gestión del recurso hídrico. La Constitución ordena en el artículo 127 la creación de la misma; sin embargo, a través de los años, no se han logrado los acuerdos y apoyos suficientes para lograr algún tipo de avance.

Leyes como éstas suelen ser difíciles de trabajar porque usualmente son esfuerzos porconfluir los intereses de muchos grupos. Lograr los acuerdos que el tema requiere suele atrasar los procesos o evitar que se lleven a cabo del todo.

A decir de algunos expertos, la ley para la gestión del agua debiera ser una ley más bien amplia y general que permita a las organizaciones comunitarias y a las municipalidades suficientes espacio de maniobra para poder decidir, de manera descentralizada, la mejor forma de gestionar el recurso hídrico que se encuentre en su jurisdicción. Algunos ejemplos exitosos de gestión de agua a nivel comunitario pueden encontrarse en la Reserva de la Biósfera Sierra de las Minas, una fuente importante de agua en la que nacen 63 ríos que alimentan los caudales del Motagua, Polochic y San Gerónimo[3].

El problema del país respecto al agua y la necesidad de una respuesta institucional, pero también ciudadana es real y urgente. En un estudio realizado por CEPAL, Emilio Lentini[4] afirma que más del 90% de las aguas superficiales del país están contaminadas con heces, desechos en descomposición, basura de todo tipo, químicos y otras sustancias perjudiciales para la salud.

Es penoso observar en los medios de comunicación imágenes recientes de las toneladas de basura que llegan al lago de Amatitlán; sin embargo, estas imágenes hacen comprender lo urgente que es poner atención al tema de la gestión del recurso hídrico desde sus distintas aristas: el cuidado y rescate de ríos, lagos y cuencas; el acceso al agua para consumo humano; el tratamiento de aguas residuales; y el acceso al agua para consumo industrial.

 

Y es que el problema del agua es otro que desnuda irremediablemente la debilidad institucional del país. Desde municipalidades que deciden no invertir en plantas de tratamiento de agua, hasta individuos u organizaciones que no son sancionados por contaminar o desviar ríos. Como país no podemos seguir ignorando los temas vitales, por más conflictivos que sean.

La conclusión lógica es que preocuparnos por gestionar de manera más eficiente el agua es un asunto de vida que impacta en temas de salud pública como la desnutrición y en temas económicos como los sistemas de riego o el uso industrial. El agua es, al final de cuentas, uno de los temas más importantes que podemos discutir, un tema profundamente humano y social.


Bibliografía:

[1] IARNA. (2013) Perfil ambiental de Guatemala 2010 – 2012. Universidad Rafael Landívar. Consultado en línea

enhttp://www.mineduc.gob.gt/portal/contenido/menu_lateral/programas/semina...

[2] Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Política nacional del sector de agua potable y saneamiento. Consultado en línea en:http://www.segeplan.gob.gt/downloads/clearinghouse/politicas_publicas/Sa...

[3] Wikiguate (2015) Reserva de la biósfera Sierra de las Minas. Consultado en línea en: http://wikiguate.com.gt/reserva-de-la-biosfera-

sierra-de-las-minas/

[4] Lentini, E. (2010) Servicios de agua potable y saneamiento en Guatemala: beneficios potenciales y determinantes de éxito. CEPAL. Consultado en línea en:http://www.mspas.gob.gt/decap/files/descargas/bibliotecaVirtual/Art%C3%A...

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