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Will Donald Trump remove Nicolás Maduro from power?

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Un portaviones, una designación de terrorismo y una nueva ventana de negociación

 

Recapitulemos: desde mediados de agosto de este año, el Mar Caribe es el escenario del despliegue militar más importante en varias décadas cuyo objetivo es, en principio, hacer operativos antinarcóticos utilizando poder de fuego militar. Pero, con el paso de las semanas, este contingente ha ido agrandándose y tomando fuerza. Lo que comenzó en la zona del Caribe con 4000 efectivos, ya va por la suma de 15,000 hombres, barcos destructores, submarinos y aviones bombarderos, un despliegue equivalente al 20% de la fuerza naval de Estados Unidos, según varios expertos en seguridad. Lo cual ha hecho pensar a analistas y medios de comunicación (aunque sin confirmaciones oficiales de la Casa Blanca), que realmente lo que se está buscando es un cambio de régimen en Venezuela

En estos meses, se han especulado todo tipo de causas, motivaciones y posibles desenlaces. Cada día salen por lo menos cinco o más notas de distintos medios de comunicación, en su mayoría estadounidenses, con supuesta información interna de la administración, fuentes anónimas, opiniones de expertos en seguridad y defensa que plantean todo tipo de hipótesis y aventuran escenarios. La incertidumbre parece estar a la orden del día. En ese sentido, vale la pena plantearse una hipótesis de trabajo a partir de una premisa negativa y es que si bien el objetivo de Estados Unidos es probablemente un cambio de régimen en Venezuela, no pretenden hacerlo por vías directas con acciones de fuerza en territorio venezolano sino por vías indirectas como lo han hecho históricamente en el continente: con disuasión. En ese sentido, el análisis que sigue a continuación, parte de esta proposición. 

Pasados tres meses de este despliegue, cada escalada que anuncia Estados Unidos, no está teniendo el efecto que se busca de terminar de fracturar al régimen venezolano y lograr el ansiado “quiebre militar” en las fuerzas armadas venezolanas que conduzca a una transición democrática. De hecho, mientras el régimen venezolano se encuentra inconmovible, paradójicamente, dentro de las consecuencias no intencionadas de estas maniobras de la administración norteamericana, es el gobierno vecino de Colombia quien ha entrado en una nueva crisis, producto del apoyo de Petro al régimen venezolano y también se están viendo las irradiaciones en el gobierno de España donde se ha relacionado al partido de gobierno con el régimen venezolano a partir de la figura del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero. El terremoto político pareciera llegar a todas partes menos a Venezuela. ¿Por qué? La teoría política[1] nos dice que estas estrategias más indirectas de desestabilización (sanciones, operaciones psicológicas, propaganda, disuasión, etc.), funcionan más bien en gobiernos descentralizados donde el grupo gobernante no tiene control total de las instituciones del Estado y donde todavía existen ciertos contrapesos, así como oposición política. El cual no es el caso del régimen venezolano. 

Con el paso de los días y las semanas, hemos atravesado varios hitos que siguen subiendo los costos de permanencia del régimen venezolano: en primer lugar, la llegada del portaviones Gerald R. Ford (uno de los más poderosos del ejército estadounidense) a las costas del Mar Caribe. Y en segundo lugar, la entrada en vigor de la designación del Cartel de los Soles como terroristas por el Departamento de Estado el lunes 24 de noviembre. Con cada hito que se anuncia, se está buscando subir la intensidad política que termine detonando acciones internas que desestabilicen al régimen venezolano. La metáfora sería la de un desfibrilador que lanza descargas eléctricas, esperando que el corazón del paciente se reanime: cada “ultimátum” que se lanza es como una descarga que busca la anhelada reacción que desencadene un cambio. Pero esta estrategia plantea cuatro problemas: primero, el gobierno estadounidense debe seguir subiendo la intensidad para seguir manteniéndose creíbles. Segundo, se pierde cada vez más consenso dentro de Estados Unidos sobre un eventual cambio de régimen en Venezuela. Tercero, la operación “tun-tun” y la represión dentro de Venezuela fue tan efectiva, que un levantamiento popular es bastante improbable. Y cuarto, Maduro ya tomó la determinación de trasladar la decisión de comenzar el conflicto a Estados Unidos. Desarrollaremos mucho más este último punto de seguidas: 

  • Conflicto planteado como un juego de brinkmanship o chickengame. Este es un tipo de juego donde se plantea llegar hasta la última consecuencia posible: los dos jugadores están frente a frente y aprietan el acelerador, buscando una colisión fatal, hasta que uno de los jugadores termine frenando o desviándose por miedo a colisionar. Al contrario de varios análisis que se han planteado, este juego no lo gana quien tenga el carro más rápido o más grande (mayor poder), sino el que asume el costo de perderlo todo, bien porque sabe en el fondo que el otro jugador está haciendo bluff y no cumplirá la amenaza de estrellarse, o bien porque no teme al peor desenlace y prefiere, antes que retirarse, no quedar en una posición más desventajosa que en la que está ahora; aunque esa decisión le cueste la vida. ¿Es esa una decisión racional?  En análisis anteriores dijimos que este mismo dilema se le presentó a Fidel Castro en 1962 y supo sortear la amenaza nuclear de Estados Unidos, poniéndose justamente en el centro de la mirilla del gatillo sacrificando a la isla entera “por la lucha contra el imperialismo”. De hecho, la historia política no es ajena a este tipo de situaciones: relata Maquiavelo en sus Discorsi…, que en pleno Renacimiento italiano, la condesa de Forlì, Catalina Sforza, no le importó escapar dejando a sus hijos como rehenes en prenda a sus secuestradores y ante la amenaza de matarlos, les respondió a los asesinos “que tenía con qué hacer otros”. La clave entonces para ganar este juego es no subestimar hasta dónde tu enemigo es capaz de llegar.

  • ¿Donald Trump hizo todo esto para nada? La mayoría de analistas se hacen esta pregunta para convencerse de que, llegados a este punto y con tanto en juego, una acción de fuerza por parte de Estados Unidos tendría que ser inminente. Pero si nuestra hipótesis anterior es correcta, entonces la respuesta a esta pregunta es necesariamente . Es decir, la intención de Donald Trump nunca fue entrar en Venezuela con una acción de fuerza, sino que, bajo el expertise del Secretario de Estado y Consejero de Seguridad Nacional, Marco Rubio, lo que se buscaba era plantear el escenario más extremo esperando, o bien una traición interna en el régimen venezolano, o bien una rebelión popular, y por consiguiente, un eventual quiebre. Esto no es más que la estrategia del fake it till you make it, tan común en el mundo de los negocios, donde el performance puede ser mucho más costoso que el trato que se quiere conseguir momentáneamente, hasta obtener el premio gordo o el big break. El problema es que esta estrategia no siempre es trasladable al mundo de lo político, que opera bajo otros presupuestos y leyes internas a su propia esencia. Amarga lección. 

Como una apuesta así es muy difícil de mantener en el tiempo, es probable que por eso desde hace dos semanas hemos escuchado declaraciones del presidente Trump sobre posibles conversaciones con el régimen venezolano. Dado este escenario y con el reloj en contra ¿qué le queda a Trump? Buscar una salida honrosa con alguna ganancia que ya veremos en los próximos días o semanas cuál será. En todo caso, el propio gobierno estadounidense, ante este probable desenlace, se cubrió las espaldas con su propio ticket de salida: nunca hablaron de regime change en Venezuela, sino de controlar el narcotráfico y la migración ilegal. Lo demás “fueron inventos del mainstream media”.

Dos últimos puntos: lo anterior no deja de ser un ejercicio de análisis bajo una hipótesis de trabajo, de ninguna manera es una sentencia o una predicción. Como dijimos antes, el escenario actual es de incertidumbre y nadie sabe realmente qué va a pasar. Podemos estar equivocados, como lo hemos estado otras veces en el pasado. Y por otra parte, no hay nada qué reprocharle al liderazgo de María Corina Machado quien, haciendo sacrificios inmensos y poniendo en juego su libertad, la de su familia y la de su equipo, además de su propia vida; se jugó su credibilidad apostándolo todo a esta estrategia que no dependía de ella y que (como todo) tenía probabilidades de fallar. 

En conclusión, ya no se puede decir que no se ha intentado todo para salir de esta pesadilla, pero a veces ni siquiera "todo" es suficiente. 

 


 


[1] Dice Samuel P. Huntington, que la efectividad de los golpes militares clásicos depende directamente de la concentración de autoridad en el Estado. Entonces los golpes militares clásicos suelen ser relativamente fáciles de organizar y suelen tener éxito en gobiernos donde la autoridad del Estado escasea porque “sus gobiernos se encuentran a merced de intelectuales alineados, coroneles estrepitosos y estudiantes revoltosos”. El problema de los regímenes comunistas es que si algo saben hacer a la perfección es construir autoridad dentro de la formación estatal bien sea por ideología o por terror, es decir: “crean gobiernos que pueden gobernar” y saber construir un Estado siempre será una empresa más difícil que derribarlo (El orden político en las sociedades de cambio. Pp. 28)

Budget 2026: Development or More Corruption?

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El presupuesto aprobado tiene los mismos vicios del pasado

 

El presupuesto 2026 fue aprobado y, como en años anteriores, será un gran bolsón de corrupción para alcaldes, diputados y muchos otros funcionarios públicos. El Congreso repartió a manos llenas y sin restricción.

El Ejecutivo tampoco se salva de la responsabilidad, ya que fue el que propuso inicialmente este presupuesto, que ha sido criticado por diversos actores de sociedad civil, incluidos varios tanques de pensamiento. 

De nuevo se le dedican miles de millones a los Codedes, que han sido la fuente de corrupción durante años. Ese fue el pago que recibieron los diputados para aprobar este presupuesto.

Se incluyeron más de Q30,000 millones de deuda que, si bien no pone en riesgo la macroeconomía en el corto plazo, sí es un incentivo para que en los años siguientes se siga endeudando al país a niveles que ya no serían sostenibles. 

Para el 2026 se tiene contemplado pagar más de Q17,000 millones solo en intereses. Dedicamos más dinero a pagar intereses que al Ministerio de Salud. De hecho, solo el Ministerio de Educación recibe más dinero que el dedicado al pago de intereses. 

Lo más triste de todo es que la deuda que adquirimos termina en corrupción, despilfarro y negligencia. 

El Estado de Guatemala, en sus diferentes ramas y entidades, es altamente corrupto. Darle más recursos solo alimenta esa corrupción que termina robándonos la posibilidad de desarrollarnos. 

La reforma del Estado, para que sea más transparente y eficiente, sigue durmiendo el sueño de los justos. Pero la clase política no tiene ningún incentivo para cambiar el Estado porque si no, se les terminaría la fiesta de corrupción. Otro año más, los tributarios pagaremos impuestos y los políticos seguirán robando. 

 

*Columna publicada originalmente en Nuestro Diario

A Prosecutor's Salary: a National Secret?

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El salario del fiscal no solo puede conocerse; debe estar publicado de oficio.

 

El jefe de la Fiscalía Especial (FECI) contra la Impunidad, Rafael Curruchiche, afirmó recientemente que su salario no puede hacerse público porque la Ley de Acceso a la Información Pública lo prohibiría. Según dijo, el salario de una persona “no se puede proporcionar” y mencionó, con poca precisión, el artículo 24 de dicha ley. Más allá de la cita errónea, el problema es otro: el argumento invierte por completo la lógica del derecho de acceso a la información y confunde al ciudadano sobre el alcance de sus garantías constitucionales.

La Constitución parte de una idea sencilla: los actos de la administración son públicos. El artículo 30 reconoce el derecho de toda persona a obtener informes, copias y certificaciones de esos actos, salvo en tres supuestos muy concretos: asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional y datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia. El régimen es, por diseño, de apertura. La regla es la publicidad, las reservas son excepcionales y taxativas.

Si el salario del fiscal fuera realmente información “no pública”, tendría que encajar en alguno de esos supuestos constitucionales. Pero su remuneración no es un asunto militar, no es una gestión diplomática en curso y no es un dato entregado por un particular bajo confidencialidad. Es, más bien, un dato directamente vinculado al uso de recursos públicos. De entrada, la Constitución ya inclina la balanza del lado del ciudadano, no del funcionario.

La Ley de Acceso a la Información Pública desarrolla esta lógica. En sus primeros artículos refuerza el principio de máxima publicidad, la transparencia en el manejo de recursos públicos y la obligación de la administración de rendir cuentas. No estamos ante una norma pensada para blindar a los funcionarios, sino para abrir las ventanas del poder público y permitir que cualquier persona lo supervise.

La propia ley define al Ministerio Público como sujeto obligado: debe proporcionar la información pública que se le solicite. Y, más aún, le impone obligaciones específicas de transparencia activa. El artículo 10 establece un catálogo mínimo de información que debe estar disponible en todo momento, sin necesidad siquiera de una solicitud. Entre esos datos se encuentran el número y nombre de funcionarios y empleados, así como los salarios, honorarios, dietas, bonos, viáticos y cualquier otra remuneración que perciban.

Es decir, el salario del fiscal no solo puede conocerse; debe estar publicado de oficio. La única salvedad que admite el artículo 10 es cuando la divulgación ponga en riesgo el sistema de seguridad nacional, la investigación criminal o la inteligencia del Estado. Resulta difícil sostener, con seriedad, que la publicación del monto que recibe el jefe de una fiscalía encaje en esa categoría.

Tampoco lo rescatan las figuras de “información confidencial” o “reservada” reguladas por la misma ley. La información confidencial abarca, entre otras cosas, datos sensibles de la vida privada: hábitos personales, salud, creencias religiosas, vida sexual u otras cuestiones íntimas. El salario de un funcionario, pagado con fondos públicos, no forma parte de ese ámbito. Y la información reservada se limita a temas de seguridad nacional, diplomacia, propiedad intelectual, investigaciones penales o estabilidad económica, entre otros supuestos igualmente ajenos al caso.

Para que una autoridad pueda negar información alegando confidencialidad o reserva, la ley exige además una prueba de daño: demostrar que la divulgación amenaza efectivamente el interés protegido y que ese perjuicio es mayor que el interés público de conocer. Aplicado al salario del fiscal, el ejercicio resulta absurdo. El daño, en todo caso, lo sufre la transparencia cuando se oculta un dato que permite auditar el uso del dinero de los contribuyentes.

La reacción ciudadana cuando se conocieron los salarios de los diputados y el aumento a los Q66,000 mostró por qué estas normas importan. La publicidad de la información no es un formalismo: es lo que permite que la opinión pública juzgue si las remuneraciones son proporcionales, si existen privilegios injustificados o si el gasto en personal responde a criterios razonables. Lo mismo vale para el Ministerio Público.

Cuando un funcionario invoca de manera incorrecta la Constitución y la Ley de Acceso para negar lo que debe ser público, el mensaje es preocupante. Puede ser desconocimiento de la ley o simple mala fe; cada quien sacará sus conclusiones. Pero el derecho es claro: el salario del fiscal es información pública. Y ejercer ese derecho no es molestia ni curiosidad malsana. Es, sencillamente, hacer valer una garantía que la propia Constitución nos reconoce.

 

*Columna publicada originalmente en La Hora

Are We Ready for the 2030 World Cup?

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Con planificación, perseverancia y disciplina podemos lograrlo

 

La ilusión del mundial terminó para Guatemala dejando decepcionados a una gran cantidad de aficionados. En algunos partidos, la selección nacional brilló y parecía capaz de ganarse el boleto al evento mundialista, pero luego perdió ante rivales relativamente fáciles.   

La selección fue bastante errática en sus resultados. A momentos ilusionaba y luego volvíamos a decepcionarnos. Para los aficionados chapines fue como una montaña rusa, con momentos de gloria y luego de amargas derrotas.

Sin embargo, la selección se fue con honor, al haber jugado un excelente partido ante Surinam. Si tan solo así hubiese jugado los partidos anteriores, pero ahora ya no se puede hacer nada, sino pensar en el mundial de 2030.

Lo primero que tenemos que hacer es superar la barrera mental de que Guatemala es incapaz de ir a un mundial. Muchos chapines creen que es una causa perdida y que mejor ni lo intentemos. 

Pero Erick Barrondo, Adriana Ruano y Jean Pierre Brol demostraron que Guatemala es capaz de lograr lo que considerábamos imposible, ganando las primeras tres medallas olímpicas para nuestro país.

Con su ejemplo, estos tres deportistas demuestran que, con disciplina, constancia, sacrificios y una voluntad inquebrantable, los chapines somos capaces de ser competitivos a nivel mundial. 

Por esa razón, los encargados del deporte nacional y del fútbol en particular, deben hacer una gestión profesional, transparente y ética que le brinde todo el apoyo a los deportistas en los siguientes cuatro años para lograr el sueño mundialista. 

La selección actual parece prometedora y si se le da continuidad, podría llegar a cumplir el sueño del mundial 2030. No es fácil, pero es un sueño posible para Guatemala.

 

*Columna publicada originalmente el 20 de noviembre en Nuestro Diario

The Renewal of the TSE

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El funcionamiento de la democracia está en juego

 

Esta semana dio inicio el proceso para renovar a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral, una institución que representa el corazón de nuestra democracia. 

En el proceso están involucrados el rector y el decano de la Facultad de Derecho de la USAC. También las universidades privadas designan un representante de los rectores y un representante de los decanos. Por último, el Colegio de Abogados también elige un representante. 

En total son cinco personas que tienen en sus manos el futuro de las instituciones democráticas del país. Si se eligen malos magistrados, se podría agravar la crisis que ha sufrido esa institución en los últimos años, poniendo en riesgo la estabilidad de nuestra democracia.

Es necesario que las universidades privadas cumplan su deber histórico y elijan a sus dos representantes de forma responsable, para que todo el proceso goce de legitimidad y respetabilidad. De igual forma, el Colegio de Abogados debe realizar el proceso de elección de su representante con la mayor participación posible de sus agremiados, llamando al voto informado. 

Los nuevos magistrados deben tomar posesión el 20 de marzo del próximo año y tendrán pocos meses para preparar las elecciones del 2027, por lo cual deben ser personas con una larga trayectoria profesional que les permita cumplir con el desafío que tienen por delante.

Como sociedad, debemos poner toda nuestra atención en este proceso. No podemos ser indiferentes, porque el futuro del país está en juego. Los nuevos magistrados tendrán a su cargo dos procesos electorales: los de 2027 y 2031. Cumplamos nuestro deber ciudadano y vigilemos con interés este proceso.

 

*Columna publicada originalmente en Nuestro Diario.

The Court Sits in Plenary

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La semana pasada el Congreso eligió a la nueva Junta Directiva para el período 2026-2027

 

La semana pasada el Congreso eligió a la nueva Junta Directiva para el período 2026-2027, presidida por el diputado Luis Contreras, del partido CREO, en una alianza que consolida al bloque oficialista. Esa elección, sin embargo, no puede entenderse sin mirar el episodio previo que la hizo posible: un amparo ante la Corte de Constitucionalidad que, una vez más, metió al máximo tribunal en el corazón de la política parlamentaria.

El conflicto se originó en la sesión del 28 de octubre. Ese día, el diputado Sergio Celis presentó una moción privilegiada para alterar el orden del día y proceder a la elección del Primer Secretario de la Junta Directiva, vacante desde la separación de la diputada Paz del bloque VOS. La moción fue aprobada con 89 votos, en presencia de 111 diputados. El Pleno tenía quórum suficiente, pero cuando se pidió verificar asistencia, el presidente del Congreso, Nery Ramos, constató que en la mesa solo permanecía un secretario. La Ley Orgánica del Organismo Legislativo exige la presencia del presidente, o de un vicepresidente, y dos secretarios para considerar integrada la Junta Directiva. Con base en esa ausencia, Ramos decidió cerrar la sesión. El tablero mostraba entre 96 y 98 diputados presentes, es decir, quórum del Pleno, pero no de la Directiva.

Tres diputados de oposición interpusieron un amparo ante la Corte de Constitucionalidad. Alegaron que el cierre de la sesión fue arbitrario, que el Congreso sí tenía quórum y que la moción privilegiada debía conocerse “de manera ininterrumpida”. Argumentaron que el presidente pudo integrar la mesa con otro secretario o declarar la sesión permanente, pero optó por suspenderla para bloquear la elección. La Corte coincidió con ellos. En una resolución expedita, otorgó amparo provisional y ordenó reanudar la sesión el 4 de noviembre a las 2 de la tarde, en el punto exacto donde se interrumpió. Además, instruyó a la Directiva a mantener la sesión abierta, a no levantarla por ausencia de secretarios y a garantizar el debate hasta la elección.

Así fue. El 4 de noviembre el Congreso sesionó bajo orden judicial y eligió las dos vacantes de la Junta Directiva 2025-2026, y luego a la nueva Junta para 2026-2027.

El episodio, sin embargo, deja preguntas de fondo. Esta Corte, tan diligente para corregir una maniobra parlamentaria que, aunque cuestionable, tenía remedios políticos propios, no se mostró igual de rápida en el pasado reciente. La legislatura anterior abusó del poder cerrando micrófonos, limitando el uso de la palabra y manipulando los tiempos de votación sin que el tribunal reaccionara con la misma urgencia. Entonces, la Corte no fue garante del principio de legalidad con igual fervor. Hoy sí. Esa asimetría, más que jurídica, es política: la justicia constitucional se vuelve selectiva, sensible a quién ocupa el poder y quién lo impugna.

La maniobra de Ramos, romper la integración de la Junta Directiva para detener una votación incómoda, es difícil de defender. Pero el Congreso tiene mecanismos internos para resolver esos problemas. Probablemente, sin dicho amparo, se habría sesionado de igual manera el 4 de noviembre y se habría podido retomar la moción privilegiada por los cauces internos y ordinarios. En otras palabras, existen remedios políticos. La pregunta es si una Corte Constitucional debe convertirse en corrector de los desórdenes internos del Legislativo, especialmente cuando estos no son reiterados ni irreversibles.

El amparo también tuvo una intención política evidente: quienes lo promovieron buscaban forzar la reanudación de la sesión para elegir la Junta Directiva del período 2025-2026, en la que la oposición creía tener los votos. Al final, el cálculo falló y el oficialismo ganó esa elección. Pero más allá del resultado, el recurso judicial usado para inclinar una correlación de fuerzas interna revela un uso instrumental del amparo y de la propia Corte.

 

*Columna publicada originalmente en La Hora

 

Is Private Property Important?

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El desarrollo requiere respeto a derechos individuales

 

Una aspiración natural del ser humano es tener algo propio, que pueda disfrutar según sus gustos y preferencias. Tener casa, vehículo, teléfono y/o terreno propio es parte de los deseos naturales y válidos. 

Es tan natural el deseo que los niños tienen un instinto por no compartir sus juguetes. Sin pensarlo, tienen noción de lo que es suyo y que no están dispuestos a renunciar.

Pero la propiedad privada no solo es un instinto humano, sino también una condición indispensable para el desarrollo económico y social. Según el Índice Internacional de Propiedad Privada, los países en donde más se respeta la propiedad privada son veinte veces más ricos que aquellos en donde menos se respeta. 

Este dato no debe sorprendernos. En la medida en que se respeta la propiedad privada, las personas emprenden más negocios porque tienen la certeza de que podrán disfrutar del fruto de su trabajo. 

En cambio, en donde no se respeta la propiedad privada, las personas no querrán tener negocios, ni trabajar con esfuerzo, porque alguien más vendrá y les quitará lo que les pertenece. 

Guatemala está entre los países que no respeta la propiedad privada, según el índice antes mencionado. En muchas partes del país no hay certeza sobre la propiedad. Además, los ladrones, extorsionistas y criminales están listos para quitarles sus pertenencias a los guatemaltecos.

El sistema de justicia no funciona. Las personas ponen denuncias por los robos que han sufrido, pero los criminales se pasean libremente haciendo de las suyas. 

Si no arreglamos nuestro sistema de justicia para que proteja la vida, la libertad y la propiedad de las personas, seguiremos en la pobreza por varios siglos más. ¿Actuaremos algún día?

 

*Columna publicada originalmente en Nuestro Diario

The attack on Democracy

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La insistencia en desconocer las elecciones

 

En las últimas semanas, el Ministerio Público aumentó sus ataques al gobierno, llegando al extremo de pedir, una vez más, que se desconozcan los resultados de las elecciones de 2023.

En su momento, la Corte de Constitucionalidad dictaminó que los resultados de las elecciones fueron válidos y que se tenía que garantizar la toma de posesión de las nuevas autoridades. 

A más de dos años de aquellas elecciones, el Ministerio Público todavía insiste en que el presidente Arévalo no puede ser presidente. Es un total absurdo que solo pone en evidencia las intenciones de golpe de Estado por parte del Ministerio Público. 

Es cierto que Arévalo tiene un nivel de aprobación bastante bajo, pero también es cierto que la credibilidad del Ministerio Público está por los suelos.  

Es tal el nivel de rechazo que tiene el Ministerio Público que cuando presenta casos, solo genera empatía hacia los acusados. Sucedió con Semilla en 2023, con la elección del Colegio de Abogados en 2025 y con algunos activistas sociales que han sido víctimas de esta guerra legal. 

De esa cuenta, las acciones del Ministerio Público no le generan desgaste al gobierno, sino más bien lo terminan fortaleciendo en la opinión pública. 

Así como la Fiscal General debe terminar su período en mayo de 2026, el Presidente debe terminar su período en enero de 2028. Debemos respetar los plazos constitucionales si deseamos vivir en una democracia republicana. 

La Corte de Constitucionalidad está llamada a terminar con los abusos del Ministerio Público. Se debe dejar de retorcer la ley y el derecho para perpetuarse en el poder, como lo pretenden las actuales autoridades de esa institución. La democracia debe prevalecer. 

 

*Columna publicada originalmente en Nuestro Diario

An Important Ruling Against Censorship

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La libertad de expresión en Guatemala vive momentos críticos.

 

Artículo 35. Libertad de emisión del pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna.”

La libertad de expresión en Guatemala vive momentos críticos. Ya lo advertí en otra columna al abordar el caso en el que el Ministerio Público intentó perseguir penalmente a periodistas y columnistas de elPeriódico porque al juez del proceso contra José Rubén Zamora no le parecían sus opiniones. Ese impulso censor reaparece ahora por otra vía: el uso desviado, fuera de su texto, de la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer para castigar el discurso político.

No es un fenómeno nuevo. Como reportó La Hora, figuras públicas como Sandra Torres o Roxana Baldetti ya habían intentado usar esa normativa para blindarse de la crítica. La novedad es que ahora los tiros vienen desde la propia fiscalía, ya que en 2024 un periodista como Diego España fue alcanzado por una denuncia de una agente fiscal. Este año, el turno fue del político Roberto Arzú.

Y este caso ilustra bien esa distorsión. La fiscal general denunció al político Roberto Arzú por publicaciones en TikTok en las que, en tono provocador, afirmó que si tuviera el poder “sacaría a la fiscal general” usando una expresión claramente hiperbólica y propia del lenguaje político exaltado. No describía una acción real ni una amenaza concreta, sino una exageración para enfatizar su rechazo hacia una figura pública. Aun así, el Ministerio Público la tomó literalmente, solicitó medidas de protección al amparo de la Ley contra el Femicidio y, más tarde, intentó promover una orden de captura por supuesta desobediencia. El juzgado rechazó esa petición al considerar que las medidas dictadas eran preventivas y no podían interpretarse de forma extensiva para restringir la libertad de expresión. Una decisión correcta, valiente y bien fundamentada.

¿Por qué esta discusión es relevante? Porque este caso, como los anteriores, muestra cómo en estos casos la Ley contra el Femicidio se ha convertido, en la práctica, en un bozal. Se usa como un mecanismo de censura, prohibido constitucionalmente, al imponer medidas de seguridad que prohíben a los denunciados hablar o referirse a las denunciantes, incluso en el marco de un debate público. No se trata de un problema de la ley en sí, sino de su aplicación: los jueces, llamados a garantizar su correcta interpretación, han terminado torciéndola, atribuyéndole sentidos que no existen y extendiendo su alcance hasta donde la propia norma nunca quiso llegar.

La Ley contra el Femicidio no fue creada para castigar el discurso político, sino para proteger a las mujeres frente a actos de violencia motivados por su condición de género. El artículo 1 establece que solo aplica cuando existe una agresión física, psicológica, económica o de menosprecio cometida por razón de género y en el marco de relaciones de poder o confianza, ya sea en el ámbito privado o público. El artículo 2 reafirma que la ley se activa cuando se vulnera el derecho de la mujer a una vida libre de violencia; no cuando alguien emite una opinión o una crítica dura. Y el artículo 3, al definir el “ámbito público”, no lo hace para incluir toda interacción social, sino para reconocer que también puede haber violencia de género en entornos laborales, educativos o comunitarios, por ejemplo, el acoso o la discriminación institucional.

Nada de eso ocurre en la confrontación entre un político (o un periodista, en otros casos) y una funcionaria que se encuentran en plano de igualdad y sin relación de subordinación. No hay vínculo de poder, ni motivación por el hecho de ser mujer, ni un patrón de violencia de género. Hay una expresión política, tosca si se quiere, pero política al fin, y por lo tanto protegida por el artículo 35 de la Constitución. Los jueces están llamados a velar porque la ley se aplique dentro de sus verdaderos límites, no a aplicarla fuera de lo que establece su texto hasta convertirla en un arma para restringir la libertad de expresión. De lo contrario, se traiciona su sentido original y se erosiona la confianza en la justicia. Por eso, la decisión del juez Gilberto Godoy es correcta y digna de aplausos en un contexto donde la justicia es, con demasiada frecuencia, manipulada.

Por razones de espacio, quedará pendiente abordar tres aspectos. El primero: la censura es la peor forma de restringir la libre expresión porque implica suprimir ideas; prohibir a los denunciados “hablar” es un caso grave y extremo. Segundo: el efecto disuasorio que se busca, intimidar y desalentar el debate público. Y tercero: que al restringir el discurso no solo se afectan los derechos de quien es silenciado, sino también el derecho del público a recibir información e ideas. Al final del día, el corazón de la libertad de expresión es, y seguirá siendo, el mercado de las ideas.

 

 

*Columna publicada originalmente en La Hora el 24 de octubre

Another Circus From the Public Prosecutor's Office

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La guerra judicial llega a extremos ridículos

 

El Ministerio Público presentó otro caso de supuesta corrupción en el Ministerio de Salud por el convenio que se firmó con la UNOPS, aduciendo que se dañaron los intereses de Guatemala.

Sin ninguna evidencia de cheques, transferencias o flujos de dinero, el Ministerio Público denunció una supuesta red de corrupción que involucraría a Gustavo Alejos, al presidente Bernardo Arévalo y al secretario de Comunicación, Santiago Palomo. 

Insisto: no presentaron una sola prueba y, sin embargo, se atrevieron a dar semejantes declaraciones irresponsables. 

No es la primera vez que el Ministerio Público presenta casos sin fundamento para afectar a sus enemigos políticos. En el 2023 denunciaron un supuesto fraude electoral que jamás han sido capaces de demostrar. Han acusado a muchas personas que luego son declaradas inocentes en los juicios.

El gobierno de Estados Unidos señaló recientemente a la Fiscal General de impedir y dañar el trabajo contra la corrupción en el país, lo que pone en riesgo potenciales nuevas inversiones en Guatemala. Esto implica que el Ministerio Público se convirtió en los últimos años en un obstáculo para el desarrollo económico.

La UNOPS permitió ahorros importantes en el IGSS y ha dado buenos resultados en el Ministerio de Salud. Pareciera que el Ministerio Público desea que los guatemaltecos paguemos más por los medicamentos, comprando solo a los proveedores locales. 

Este caso es un absurdo desde cualquier punto de vista. La única intención es beneficiar a los vendedores de medicinas locales, que durante años han utilizado el Ministerio de Salud como fuente de riqueza. 

Se debe dejar de utilizar la justicia para una guerra política. El circo debe terminar. 

 

*Columna publicada originalmente el 23 de octubre en Nuestro Diario

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