Comisiones anti-corrupción y aprendizajes institucionales

Comisiones anti-corrupción y aprendizajes institucionales
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Director del Área Política de Fundación Libertad y Desarrollo. Licenciado en Ciencia Política, catedrático y analista político en el programa Sin Filtro de Guatevisión.
03 Feb 2020

No sólo mediante la acción judicial se generan cambios políticos.

 

La experiencia reciente en cuanto al combate a la corrupción y depuración del sistema patrimonialista arrojó una gran lección: sin un proceso de reforma institucional que cierre los espacios del saqueo, la acción judicial se limitará a perseguir y encarcelar al corrupto de turno, sin resolver el origen del mal.

He ahí otra lección evidente: la lucha contra la corrupción no se circunscribe al ámbito penal. Una ciudadanía acostumbrada a la impunidad de los poderosos y a la disfuncionalidad del sistema de justicia, vitoreó las capturas de Baldetti, Otto Pérez, decenas de diputados y actores políticos de peso. Pero pensar que sólo procesando y encarcelando a personajes involucrados en el saqueo del Estado se resuelve el mal sistémico que acecha a nuestro país, es una idea limitada y errónea.

Atacar el verdadero origen del mal requiere de un esfuerzo por reconocer los aprendizajes institucionales detrás de las grandes averiguaciones emanadas de las investigaciones judiciales.

Por ejemplo, uno de los principales mecanismos históricos de saqueo ha sido la prevalencia de las “plazas fantasma”: contratos de personal que no llegan a laborar. Los censos de personal o las medidas de control de pagos son herramientas para enumerar el mal presente, pero no para evitar el futuro. Evitar la discrecionalidad en la contratación de personal requiere entonces de una profunda reforma al sistema de servicio civil, en el que se readecúe el proceso de contratación de servidores públicos, y se reduzca -al mínimo- las contrataciones de “personal de confianza”.

Otro mecanismo tradicional de corrupción ha sido la cooptación de las Juntas Calificadoras en los procesos de licitación. Atender ese mal requiere de un rediseño de la integración de las Juntas Calificadoras y los criterios para elaboración de las bases de los eventos de licitación. Ambos, requieren entonces de una revisión de la normativa de compras y contrataciones.

Y así, podríamos enumerar decenas de casos en los que los aprendizajes generados gracias a la acción reveladora de la justicia requieren de una discusión técnico-política que encamine un proceso de reforma.

Erróneamente, se quiso encargar a los órganos encargados de la persecución penal realizar este proceso de reflexión institucional y de propuesta de reforma. Pero el mismo, requiere más de acción política y evaluación técnica.

Ahí entonces el rol que puede jugar la nueva Comisión Presidencial Anti-corrupción. A contrario sensu, de quienes añoran que la misma juegue el rol de co-investigador o querellante en los procesos penales, esta Comisión debiera apostar precisamente por llenar ese vacío de un actor que busque construir sobre los aprendizajes alcanzados gracias a la acción de la justicia.