La semana pasada el Congreso eligió a la nueva Junta Directiva para el período 2026-2027
La semana pasada el Congreso eligió a la nueva Junta Directiva para el período 2026-2027, presidida por el diputado Luis Contreras, del partido CREO, en una alianza que consolida al bloque oficialista. Esa elección, sin embargo, no puede entenderse sin mirar el episodio previo que la hizo posible: un amparo ante la Corte de Constitucionalidad que, una vez más, metió al máximo tribunal en el corazón de la política parlamentaria.
El conflicto se originó en la sesión del 28 de octubre. Ese día, el diputado Sergio Celis presentó una moción privilegiada para alterar el orden del día y proceder a la elección del Primer Secretario de la Junta Directiva, vacante desde la separación de la diputada Paz del bloque VOS. La moción fue aprobada con 89 votos, en presencia de 111 diputados. El Pleno tenía quórum suficiente, pero cuando se pidió verificar asistencia, el presidente del Congreso, Nery Ramos, constató que en la mesa solo permanecía un secretario. La Ley Orgánica del Organismo Legislativo exige la presencia del presidente, o de un vicepresidente, y dos secretarios para considerar integrada la Junta Directiva. Con base en esa ausencia, Ramos decidió cerrar la sesión. El tablero mostraba entre 96 y 98 diputados presentes, es decir, quórum del Pleno, pero no de la Directiva.
Tres diputados de oposición interpusieron un amparo ante la Corte de Constitucionalidad. Alegaron que el cierre de la sesión fue arbitrario, que el Congreso sí tenía quórum y que la moción privilegiada debía conocerse “de manera ininterrumpida”. Argumentaron que el presidente pudo integrar la mesa con otro secretario o declarar la sesión permanente, pero optó por suspenderla para bloquear la elección. La Corte coincidió con ellos. En una resolución expedita, otorgó amparo provisional y ordenó reanudar la sesión el 4 de noviembre a las 2 de la tarde, en el punto exacto donde se interrumpió. Además, instruyó a la Directiva a mantener la sesión abierta, a no levantarla por ausencia de secretarios y a garantizar el debate hasta la elección.
Así fue. El 4 de noviembre el Congreso sesionó bajo orden judicial y eligió las dos vacantes de la Junta Directiva 2025-2026, y luego a la nueva Junta para 2026-2027.
El episodio, sin embargo, deja preguntas de fondo. Esta Corte, tan diligente para corregir una maniobra parlamentaria que, aunque cuestionable, tenía remedios políticos propios, no se mostró igual de rápida en el pasado reciente. La legislatura anterior abusó del poder cerrando micrófonos, limitando el uso de la palabra y manipulando los tiempos de votación sin que el tribunal reaccionara con la misma urgencia. Entonces, la Corte no fue garante del principio de legalidad con igual fervor. Hoy sí. Esa asimetría, más que jurídica, es política: la justicia constitucional se vuelve selectiva, sensible a quién ocupa el poder y quién lo impugna.
La maniobra de Ramos, romper la integración de la Junta Directiva para detener una votación incómoda, es difícil de defender. Pero el Congreso tiene mecanismos internos para resolver esos problemas. Probablemente, sin dicho amparo, se habría sesionado de igual manera el 4 de noviembre y se habría podido retomar la moción privilegiada por los cauces internos y ordinarios. En otras palabras, existen remedios políticos. La pregunta es si una Corte Constitucional debe convertirse en corrector de los desórdenes internos del Legislativo, especialmente cuando estos no son reiterados ni irreversibles.
El amparo también tuvo una intención política evidente: quienes lo promovieron buscaban forzar la reanudación de la sesión para elegir la Junta Directiva del período 2025-2026, en la que la oposición creía tener los votos. Al final, el cálculo falló y el oficialismo ganó esa elección. Pero más allá del resultado, el recurso judicial usado para inclinar una correlación de fuerzas interna revela un uso instrumental del amparo y de la propia Corte.
*Columna publicada originalmente en La Hora