The state of calamity and its bumpy process in Congress

The state of calamity and its bumpy process in Congress
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Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
06 Sep 2021

Escribía yo en este espacio hace dos semanas que el país vivió un penoso evento cuando el Congreso pasó más de tres días sin pronunciarse sobre un estado de calamidad que decretó el presidente Giammattei el 13 de agosto. En aquel momento, la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió ordenar al Congreso declararse en sesión permanente y pronunciarse de inmediato.

El Congreso solicitó aclaración bajo el argumento de que únicamente se había agotado el primer debate y que de declararse en sesión permanente solo podría celebrar el segundo debate. Esto dado que los tres debates a los que se somete un decreto deben tener lugar en tres días distintos. La Corte contestó que, pese a que el Congreso debe aprobar o improbar el estado de calamidad mediante “decreto”, eso no implica que se deban seguir todas las etapas del proceso legislativo.

Es decir, no es necesario que exista una iniciativa de ley, dictamen de comisión, tres lecturas y posterior sanción o veto del Ejecutivo. ¿Por qué? Precisamente porque estamos ante una situación excepcional, ante la limitación de los derechos constitucionales de los guatemaltecos.

En este sentido, el término de tres días que establece la Constitución para que el Congreso se pronuncie resulta vital. Lamentablemente, el sábado el Congreso aprobó con 82 votos una moción privilegiada en la que estableció que el proceso para conocer el estado de calamidad tendría lugar en tres debates en tres días distintos, como si se tratara de un decreto legislativo común.

La situación ha dado lugar a que se interpusiera un amparo que ya ha sido admitido para su trámite. Hay que recordar que es el presidente en consejo de ministros quien emite el decreto respectivo del estado de excepción. En este caso, el Congreso actúa como un órgano de control a partir del principio de separación de poderes. No es un acto legislativo, sino un acto de control y de contrapeso.

Por esa razón, no resulta lógico que el Congreso proceda como lo hace en el trámite legislativo ordinario. Al respecto cabe decir que gran culpa de la situación de incertidumbre que vivimos se debe a que el Congreso jamás ha emitido una Ley de Orden Público ajustada al marco constitucional actual. Tener una ley con tufillo autoritario poco abona a situaciones como esta.

Si los diputados quieren sacar una lección de todo esto, y si los ciudadanos queremos también sacar una, debemos exigir al Congreso que de una vez por todas se ponga a trabajar a marchas forzadas en una nueva Ley de Orden Público. Ya existen proyectos en el Congreso a partir de los cuales se puede trabajar.

Por otra parte, el Congreso debe revisar su ley interna para legislar adecuadamente el proceso para conocer, aprobar e improbar los estados de excepción para evitar confusiones como la que hoy vive el país. Es un Congreso que está en una deuda grande con el país y bien haría con corregir estos males tan siquiera para fingir lavare la cara.