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An Important Ruling Against Censorship

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La libertad de expresión en Guatemala vive momentos críticos.

 

Artículo 35. Libertad de emisión del pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna.”

La libertad de expresión en Guatemala vive momentos críticos. Ya lo advertí en otra columna al abordar el caso en el que el Ministerio Público intentó perseguir penalmente a periodistas y columnistas de elPeriódico porque al juez del proceso contra José Rubén Zamora no le parecían sus opiniones. Ese impulso censor reaparece ahora por otra vía: el uso desviado, fuera de su texto, de la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer para castigar el discurso político.

No es un fenómeno nuevo. Como reportó La Hora, figuras públicas como Sandra Torres o Roxana Baldetti ya habían intentado usar esa normativa para blindarse de la crítica. La novedad es que ahora los tiros vienen desde la propia fiscalía, ya que en 2024 un periodista como Diego España fue alcanzado por una denuncia de una agente fiscal. Este año, el turno fue del político Roberto Arzú.

Y este caso ilustra bien esa distorsión. La fiscal general denunció al político Roberto Arzú por publicaciones en TikTok en las que, en tono provocador, afirmó que si tuviera el poder “sacaría a la fiscal general” usando una expresión claramente hiperbólica y propia del lenguaje político exaltado. No describía una acción real ni una amenaza concreta, sino una exageración para enfatizar su rechazo hacia una figura pública. Aun así, el Ministerio Público la tomó literalmente, solicitó medidas de protección al amparo de la Ley contra el Femicidio y, más tarde, intentó promover una orden de captura por supuesta desobediencia. El juzgado rechazó esa petición al considerar que las medidas dictadas eran preventivas y no podían interpretarse de forma extensiva para restringir la libertad de expresión. Una decisión correcta, valiente y bien fundamentada.

¿Por qué esta discusión es relevante? Porque este caso, como los anteriores, muestra cómo en estos casos la Ley contra el Femicidio se ha convertido, en la práctica, en un bozal. Se usa como un mecanismo de censura, prohibido constitucionalmente, al imponer medidas de seguridad que prohíben a los denunciados hablar o referirse a las denunciantes, incluso en el marco de un debate público. No se trata de un problema de la ley en sí, sino de su aplicación: los jueces, llamados a garantizar su correcta interpretación, han terminado torciéndola, atribuyéndole sentidos que no existen y extendiendo su alcance hasta donde la propia norma nunca quiso llegar.

La Ley contra el Femicidio no fue creada para castigar el discurso político, sino para proteger a las mujeres frente a actos de violencia motivados por su condición de género. El artículo 1 establece que solo aplica cuando existe una agresión física, psicológica, económica o de menosprecio cometida por razón de género y en el marco de relaciones de poder o confianza, ya sea en el ámbito privado o público. El artículo 2 reafirma que la ley se activa cuando se vulnera el derecho de la mujer a una vida libre de violencia; no cuando alguien emite una opinión o una crítica dura. Y el artículo 3, al definir el “ámbito público”, no lo hace para incluir toda interacción social, sino para reconocer que también puede haber violencia de género en entornos laborales, educativos o comunitarios, por ejemplo, el acoso o la discriminación institucional.

Nada de eso ocurre en la confrontación entre un político (o un periodista, en otros casos) y una funcionaria que se encuentran en plano de igualdad y sin relación de subordinación. No hay vínculo de poder, ni motivación por el hecho de ser mujer, ni un patrón de violencia de género. Hay una expresión política, tosca si se quiere, pero política al fin, y por lo tanto protegida por el artículo 35 de la Constitución. Los jueces están llamados a velar porque la ley se aplique dentro de sus verdaderos límites, no a aplicarla fuera de lo que establece su texto hasta convertirla en un arma para restringir la libertad de expresión. De lo contrario, se traiciona su sentido original y se erosiona la confianza en la justicia. Por eso, la decisión del juez Gilberto Godoy es correcta y digna de aplausos en un contexto donde la justicia es, con demasiada frecuencia, manipulada.

Por razones de espacio, quedará pendiente abordar tres aspectos. El primero: la censura es la peor forma de restringir la libre expresión porque implica suprimir ideas; prohibir a los denunciados “hablar” es un caso grave y extremo. Segundo: el efecto disuasorio que se busca, intimidar y desalentar el debate público. Y tercero: que al restringir el discurso no solo se afectan los derechos de quien es silenciado, sino también el derecho del público a recibir información e ideas. Al final del día, el corazón de la libertad de expresión es, y seguirá siendo, el mercado de las ideas.

 

 

*Columna publicada originalmente en La Hora el 24 de octubre

Another Circus From the Public Prosecutor's Office

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La guerra judicial llega a extremos ridículos

 

El Ministerio Público presentó otro caso de supuesta corrupción en el Ministerio de Salud por el convenio que se firmó con la UNOPS, aduciendo que se dañaron los intereses de Guatemala.

Sin ninguna evidencia de cheques, transferencias o flujos de dinero, el Ministerio Público denunció una supuesta red de corrupción que involucraría a Gustavo Alejos, al presidente Bernardo Arévalo y al secretario de Comunicación, Santiago Palomo. 

Insisto: no presentaron una sola prueba y, sin embargo, se atrevieron a dar semejantes declaraciones irresponsables. 

No es la primera vez que el Ministerio Público presenta casos sin fundamento para afectar a sus enemigos políticos. En el 2023 denunciaron un supuesto fraude electoral que jamás han sido capaces de demostrar. Han acusado a muchas personas que luego son declaradas inocentes en los juicios.

El gobierno de Estados Unidos señaló recientemente a la Fiscal General de impedir y dañar el trabajo contra la corrupción en el país, lo que pone en riesgo potenciales nuevas inversiones en Guatemala. Esto implica que el Ministerio Público se convirtió en los últimos años en un obstáculo para el desarrollo económico.

La UNOPS permitió ahorros importantes en el IGSS y ha dado buenos resultados en el Ministerio de Salud. Pareciera que el Ministerio Público desea que los guatemaltecos paguemos más por los medicamentos, comprando solo a los proveedores locales. 

Este caso es un absurdo desde cualquier punto de vista. La única intención es beneficiar a los vendedores de medicinas locales, que durante años han utilizado el Ministerio de Salud como fuente de riqueza. 

Se debe dejar de utilizar la justicia para una guerra política. El circo debe terminar. 

 

*Columna publicada originalmente el 23 de octubre en Nuestro Diario

The Caribbean saga continues to heat up. How far are they willing to go?

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Pasados dos meses del inicio de este despliegue en el Caribe, pareciera que cada escalada es más difícil de sostener que la anterior, lo cual ha obligado a los Estados Unidos a aumentar la apuesta a medida que pasa el tiempo

 

Desde hace varias semanas, tanto NBC como el New York Times y el Financial Times, confirmaron que el objetivo real del despliegue antinarcóticos en el Caribe, que ya ha detonado siete narcolanchas y un submarino en aguas internacionales es, en última instancia, un cambio de régimen en Venezuela. En días recientes, hemos experimentado una escalada en las acciones de Estados Unidos, tras dos importantes anuncios de la administración estadounidense: cierre del canal diplomático  de negociación con el régimen venezolano y la autorización deoperativos terrestres en Venezuela. 

Luego de la designación del Cartel de los Soles y del Tren de Aragua como organizaciones terroristas, de aumentar la recompensa por la captura de Nicolás Maduro a 50 millones de dólares y de notificar ante el Congreso de los Estados Unidos que el gobierno estaba en “conflicto armado” con los carteles de la droga; Washington sigue subiendo las apuestas, a pesar de que el régimen venezolano, a través de la figuras de Jorge Rodríguez quien se ha autodenominado “jefe del Diálogo por la Paz de Venezuela”, ha intentado por al menos tres vías, entablar comunicación con la Casa Blanca y por lo que sabemos, esas vías serían: Richard Grenell (ya cerrada por Trump), Qatar (que en palabras del ex asesor de Biden, Juan González, está “perdiendo tracción” en la administración norteamericana) y una tercera vía que permanece desconocida. 

Si bien informaciones como que los hermanos Rodríguez están negociando un “madurismo sin Maduro”, también llamado “Cartel Lite” y también la filtración a los medios de la autorización de acciones encubiertas de la CIA, son el tipo de operaciones psicológicas que ayudan a crear el clima de desconfianza y divisiones internas que podría desembocar en traiciones en cualquier gobierno normal, no hay que obviar que el chavismo tiene 26 años de aprendizaje resistiendo este tipo de estrategias mediáticas, depurándose a lo interno a través de purgas y perfeccionando todo tipo de estrategias de contrainteligencia militar, lo que ha convertido al aparato de poder en una estructura cerrada y cohesionada

Pasados dos meses del inicio de este despliegue en el Caribe, pareciera que cada escalada es más difícil de sostener que la anterior, lo cual ha obligado a los Estados Unidos a aumentar la apuesta a medida que pasa el tiempo para mantenerse creíbles. De hecho, la nota de NBC refiere que algunos funcionarios de la administración Trump “están decepcionados porque la escalada militar de Estados Unidos no parece haber debilitado el control de Maduro sobre el poder ni haber provocado ninguna respuesta significativa”. Esto es llamativo porque el tiempo que pasa sin una acción definitiva, en lugar de ayudar a aumentar la sensación de aislamiento y la paranoia en el régimen venezolano, para que se quiebren y finalmente claudiquen, más bien les afianza en la idea de que el gobierno de Estados Unidos está postergando a toda costa la decisión de ejecutar una acción de fuerza contra ellos, lo que los lleva a su vez a la decisión de cerrar filas y seguir trasladándole el costo a Donald Trump para que se vea obligado a hacer lo que en el fondo saben que no quiere hacer. A la vez que saben que mientras pase el tiempo, más desacuerdos hay dentro de los Estados Unidos sobre la legalidad de las operaciones en el Caribe y sus implicaciones a futuro. Lo cierto es que la ultimate call está en el presidente Trump y el tiempo le juega en contra. Sin duda, se encuentra frente a una decisión determinante para su gobierno. 

En todo este entramado merece una mención especial el Premio Nobel de la Paz a María Corina Machado. Una noticia que le devuelve el aliento y le otorga oxígeno a la incansable lucha del pueblo venezolano por su libertad. Además de ser un merecido reconocimiento al trabajo de organización del pueblo venezolano entre 2023 y 2024, que llevó al triunfo electoral y a la demostración del fraude del 28 de julio. El gesto de dedicarle el premio al presidente Donald Trump, fue sin duda un acierto que terminó por ser bien recibido en la Casa Blanca y que sirvió para alinear agendas comunes y que además ratificó que la estrategia por la liberación de Venezuela está completamente subordinada a los designios de Washington. A diferencia de su primer gobierno, donde se le dio un excesivo leverage y protagonismo al “interinato”; en esta oportunidad, Trump quiere dejar muy claro dos cosas: quien está a cargo de la estrategia en última instancia es el gobierno de Estados Unidos y las acciones que se realicen en Venezuela responden únicamente a los intereses de Estados Unidos, de allí declaraciones como “la persona que ganó” y “no sé quién es ella”. Es la doctrina del America First. Sin embargo, si bien fue una movida inteligente de parte de María Corina subordinarse a Washington, eso también la “ata” a cualquier decisión que termine tomando el gobierno estadounidense que pueda tener una ganancia intermedia o incluso ninguna ganancia para ella (ver el caso de Zelensky en Ucrania, quien incluso contando con un ejército y con el apoyo de Europa, no tiene mucho margen frente a lo que decida Trump). 

Ahora cabe la pregunta, ¿Hasta dónde están todos dispuestos a llegar? Revisemos la historia y veremos que, incluso con las enormes diferencias entre ambos casos, la tiranía de Nicolás Maduro en Venezuela ha escogido una estrategia similar, más no idéntica, a la de Fidel Castro en Cuba durante la crisis de los misiles de 1962: trasladarle todo el costo de un eventual ataque a los Estados Unidos. Sin embargo, en aquella oportunidad, Nikita Khrushchev, convencido de la superioridad nuclear de los Estados Unidos, nunca buscó enfrentarse militarmente a la potencia del norte, sino utilizar los misiles como una herramienta de negociación con John F. Kennedy y de ninguna forma usar armas atómicas para defender a La Habana ni mucho menos comenzar una guerra que no habrían podido ganar. De allí que finalmente prevaleciera la cordura, para cólera de Castro, a quien ciertamente no le importaba en lo más mínimo sacrificar la vida de su pueblo para satisfacer su narcisismo. 

¿Qué lecciones nos arroja este episodio de la historia? Si bien la tiranía venezolana ha intentado por todos los medios desescalar el conflicto, llegados a este punto, lo más seguro es que dejarán que los Estados Unidos se vean en la obligación de cumplir sus amenazas. El régimen venezolano no se va a quebrar ni van a sacar una bandera blanca antes, pero tampoco van a lanzar la primera piedra. Aunque enfrentan presiones externas, sanciones internacionales, su estrategia es esencialmente defensiva: resistir, desgastar y obligar al adversario a ser quien dispare primero.

 

 

The Escape of Gang Members

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La confianza en las autoridades está por los suelos

 

La fuga de veinte mareros de la cárcel de Fraijanes II es el mayor escándalo que ha enfrentado este gobierno. Es un duro golpe a su imagen y credibilidad. 

La inseguridad y la violencia han crecido este año y las maras se encuentran en el centro del debate público luego que fueron declaradas terroristas por el gobierno de Estados Unidos.

No hay excusa ni explicación que justifique semejante descuido en el sistema penitenciario. Después de un año y medio gobernando, se esperaría que hubiesen tomado el control de las cárceles. 

Lo más grave es la tardanza en responder a la crisis por parte del presidente. Al momento de escribir este artículo, aún no se había pronunciado, luego de más de dos días desde que se hizo pública la noticia. Este largo silencio solo desgasta aún más su dañada imagen. 

Ahora toca plantear una nueva estrategia de seguridad con nuevas autoridades, ya que es políticamente inviable mantener a las actuales.

A la crisis en infraestructura, ahora se suma esta crisis en seguridad, lo que podría hundir aún más los niveles de aprobación del gobierno.

El presidente tendrá que redoblar esfuerzos con su equipo para poner orden en las cárceles y combatir las maras. Este tema, junto con el de infraestructura, son las prioridades que necesita resolver rápidamente.

El Congreso también debe asumir su responsabilidad, haciendo las reformas legales necesarias y aprobando los recursos para que se construyan cárceles de alta seguridad de forma urgente. 

Por su parte, el Ministerio Público debe investigar a los guardias y al director de ese centro carcelario. Los responsables deben enfrentar las penas correspondientes. Solo así se evitará que se repitan en el futuro estos hechos lamentables. 

 

*Columna publicada originalmente en Nuestro Diario el 16 de octubre. 

The Constitution Forgotten Once Again

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Estamos ante el peor de los mundos: una Constitución pisoteada y sin guardianes. ¿No era precisamente la Corte de Constitucionalidad la institución llamada a protegerla?

 

Hoy la Corte de Constitucionalidad volvió a darle la espalda a la Carta Magna. Cuatro de los cinco magistrados lo decidieron; únicamente estuvo en desacuerdo la magistrada Leyla Lemus. El motivo es grave: avaló nombramientos ilegales realizados por la Corte Suprema de Justicia en las Salas de la Corte de Apelaciones. El problema de fondo es que la Corte Suprema usurpó funciones que la Constitución asigna de manera exclusiva al Congreso. Y esto no es una simple diferencia de interpretación, sino un hecho probado en un caso que presentamos junto a un grupo de abogados.

La gravedad de lo ocurrido merece subrayarse. Primero, porque implica una violación directa a la Constitución. El artículo 217 es categórico: a los magistrados de la Corte de Apelaciones los nombra el Congreso. La Corte Suprema puede crear salas, pero no designar a quienes las integran. Así había sido siempre, hasta ahora.

Segundo, porque tanto la Corte Suprema como el propio Congreso han reconocido la invasión de competencias. Cuando la Corte de Constitucionalidad les pidió un informe, el Congreso respondió que nunca fue notificado de las vacantes, mientras la Corte Suprema contestó que no tenía por qué avisar. Como si el artículo 217 no existiera.

Tercero, el desenlace es un caos en el sistema de justicia. La ley exige que cada sala de apelaciones tenga tres magistrados titulares y dos suplentes. Hasta 2024 existían 52 salas; en función de ello, el Congreso nombró 156 titulares y 104 suplentes. Sin embargo, la Corte Suprema ya creó cuatro salas y ha anunciado que serán hasta veinte en total, sin pasar por el Congreso. Para integrarlas, convertirá a 60 suplentes en titulares provisionales, lo que dejará apenas 44 suplentes para 72 salas. La cobertura es claramente insuficiente: cada vez que un magistrado se excuse o sea recusado, la justicia se volverá más lenta y menos cumplida.

Vale la pena mencionar los votos razonados concurrentes. El magistrado Roberto Molina Barreto acompaña la denegatoria, pero admite que la Corte Suprema designó “provisionalmente” a magistrados suplentes. Basa su razonamiento en la independencia funcional y en la potestad de la Corte Suprema para crear e integrar salas. Afirma que no hay norma específica para este supuesto y que la discusión debe quedar reservada a la sentencia.

El problema con esta postura: la Ley de la Carrera Judicial establece que, ante una vacante, debe darse aviso al Congreso para que este realice el nombramiento entre suplentes electos. Pretender que la creación de nuevas salas no genera vacantes es forzar la interpretación: se generan plazas que, por mandato constitucional, debe llenar el Congreso. El magistrado Molina Barreto también sostiene que no hay “amenaza cierta” respecto de las salas aún no creadas. Sin embargo, tanto en su respuesta como en el acta 33-2025 la Corte Suprema dejó claro que no considera necesario acudir al Congreso. El riesgo no es hipotético: ya anunció su proceder.

La magistrada Dina Ochoa también acompañó la denegatoria, subrayando el deber del Estado de garantizar justicia pronta y accesible y la independencia funcional de la Corte Suprema para organizarse. Su argumento es que el amparo no puede invadir la esfera de otro poder del Estado.

Precisamente por estos razonamientos, la pregunta se vuelve ineludible: si los magistrados Molina Barreto y Ochoa reconocen que se trata de designaciones “provisionales”, ¿por qué no otorgar el amparo provisional para que se reencauce el proceso? El Congreso, y no la Corte Suprema, es quien debe elegir a los magistrados. La urgencia administrativa no justifica traspasar la frontera entre gestionar el servicio de justicia y decidir quiénes son sus jueces.

A contracorriente, la magistrada Leyla Lemus emitió un voto parcialmente disidente. Coincide en que la Corte Suprema puede crear salas, pero sostiene que su integración corresponde al Congreso. Para ella, no puede hablarse de vacancias provisionales: son plazas nuevas que deben llenarse con el procedimiento del artículo 217 constitucional. Además, advierte que la Corte Suprema incurrió en traslados sin la audiencia previa que exige la Ley de la Carrera Judicial, lo que refuerza la falta de legalidad. En suma, comparte la preocupación central: que la Corte Suprema rebasó sus competencias al hacer estos nombramientos provisionales.

Estamos ante el peor de los mundos: una Constitución pisoteada y sin guardianes. ¿No era precisamente la Corte de Constitucionalidad la institución llamada a protegerla? La única esperanza es que en la sentencia se aclare el punto. Este fallo aún no es definitivo.

 

*Columna publicada originalmente el 3 de octubre en La Hora.

Gangs as Terrorists

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El Estado debe retomar el imperio de la ley

 

En las últimas décadas, las pandillas se convirtieron en grupos criminales poderosos, que controlan colonias enteras en el departamento de Guatemala, en donde imponen su ley de terror y violencia.

Son grupos altamente organizados, que extorsionan, secuestran, asesinan, roban y tienen una extensa red de negocios en donde lavan cantidades millonarias de dinero.

Además, tienen lazos con el narcotráfico y sus operaciones traspasan fronteras de al menos cinco países. 

Las maras tienen códigos estrictos de conducta en donde los cabecillas ejercen un control casi absoluto sobre las organizaciones. Mezclan sus actividades criminales con sincretismos religiosos de adoración a figuras oscuras, que alimentan su sentido de pertenencia.

Las pandillas han acumulado tal poder que tienen redes de abogados para influir en el sistema de justicia y hasta en el sistema político del país.

El gobierno de Estados Unidos declaró a las maras grupos terroristas, lo que abre un nuevo capítulo en la lucha contra estos criminales. Esto le permite al gobierno de ese país hacer operaciones militares y eliminarlos sin ningún tipo de juicio, como lo que hemos visto con el Cártel de los Soles en Venezuela. 

Guatemala debe aprovechar esta coyuntura para combatir a las maras. El Congreso debe crear el marco legal que permita también declararlos terroristas, lo que impediría que salgan fácilmente de prisión.

También debe invertirse en varias cárceles de alta seguridad para evitar que operen desde prisión. El Congreso debe incluir estos recursos en el presupuesto de 2026.

Guatemala no debe dejar que estos grupos sigan acumulando poder. Los políticos deben responder a las demandas ciudadanas.

 

*Columna publicada el 2 de octubre en Nuestro Diario

 

Guatemalans by the Numbers

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Se requiere un Estado más funcional

 

La encuesta publicada en conjunto entre la Fundación Libertad y Desarrollo y Cid-Gallup aporta datos preocupantes del sentir de los guatemaltecos. 

El 79% de los encuestados indica que el país va por el camino equivocado, un aumento grande respecto a 2024, cuando el 66% tenía esa opinión. 

Esto no es de extrañar, si se toma en cuenta que el 44% indica que el costo de la vida ha aumentado mucho y que su situación económica ha empeorado con respecto al año pasado.

Lo que más impacta es que el 49% de los encuestados manifestó que había tenido problemas para comprar comida en el último mes. Este dato se ha mantenido así desde mayo de 2023, cuando se midió por primera vez.

En 2024, el 45% de los guatemaltecos indicaba que la violencia había aumentado en su comunidad. En septiembre de 2025, el 58% de los encuestados percibió un aumento de la inseguridad en su comunidad. Es claro que este es uno de los temas que más está afectando a los guatemaltecos. 

Cuando se pregunta cuáles son los principales problemas que afectan al país, los guatemaltecos señalan que la corrupción, la inseguridad y el costo de la vida. 

Todo esto ha provocado un desencanto con el Congreso, el Ejecutivo y la democracia en general. El 70% de los encuestados indica que estarían de acuerdo con un gobierno no democrático si resuelve los problemas de inseguridad y económicos. 

Estos datos deben llamar a la reflexión a las élites políticas, económicas, académicas y de la sociedad civil, para trabajar en conjunto y resolver los problemas del país. 

Debemos construir un Estado capaz de resolver los temas básicos de seguridad, justicia, infraestructura, educación y salud. Necesitamos un Estado más eficiente, que brinde resultados. 

 

*Columna publicada el 25 de septiembre en Nuestro Diario

Bittersweet National Holidays

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Celebrar con respeto, tolerancia y prudencia

 

En todos los países, la independencia es motivo de celebración y exaltación de los valores nacionales. Guatemala no es la excepción.

Es cierto que todavía nos falta mucho por construir y que aún persiste la pobreza y el subdesarrollo. Sin embargo, durante más de doscientos años hemos hecho avances significativos. 

Hoy somos una sociedad mucho más integrada. En medio de la multiculturalidad, existe el sentido de nación. Esto es evidente en las múltiples celebraciones que se hicieron en toda Guatemala. 

Fueron miles de antorchas y desfiles que recorrieron nuestro territorio. Estas marchas son muy alegres y las personas las disfrutan. Es de las pocas ocasiones en donde los guatemaltecos se unen en un objetivo en común.

Pero este año también hubo incidentes que amargaron las celebraciones. Algunas personas le tiraron agua a carros y personas que no estaban participando en las marchas. Eso provocó reacciones violentas que fueron muy lamentables. 

La “guerra de agua” debería darse solo entre personas que participan en las marchas, pero no debe lanzarse agua a los que prefieren no participar.  Es una cuestión de respeto.

Los padres de familia deben orientar a sus hijos para que sean prudentes y respeten el derecho de las demás personas. Cada uno debe ser libre de participar o no en estos eventos. La clave es el respeto mutuo.

Fue lamentable que algunas personas llegaran al extremo de golpear y lastimar a niños. Esto tampoco es correcto, por muy molestos que estemos.

Por último, fue muy triste ver la cantidad de basura que dejaron estas celebraciones. Después de la fiesta, debemos dejar “nuestra casa” limpia. Ojalá que aprendamos y el próximo año tengamos mejores fiestas patrias.

 

*Columna publicada en Nuestro Diario el 18 de septiembre

The President's Decision

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A los diputados solo les interesa el dinero

 

El decreto legislativo 7-2025, que pretende abrir la puerta para que los Codedes gasten a manos llenas y sin control, está por ser enviado al Ejecutivo para que el presidente lo rechace o lo apruebe.

En la sesión del 9 de septiembre, algunos diputados del Congreso propusieron modificar este decreto para quitarle los artículos más absurdos, pero 91 diputados se negaron porque les urge gastar el dinero de los tributarios.

Esta ley pretende que todos y cada uno de los proyectos que presenten los Codedes sean aprobados en 5 días por parte de las instituciones que deben evaluarlos.  No importa que esos proyectos incumplan ciertos requisitos básicos de viabilidad. Los diputados quieren el dinero.

El presidente está en una situación difícil. Los centros de pensamiento y organizaciones de la sociedad civil le han pedido que rechace este decreto, pero el líder de los alcaldes ha amenazado con que organizarían manifestaciones si el presidente lo veta.

Si el presidente rechaza este decreto, se estaría enfrentando al Congreso y a los alcaldes. Lo más probable es que el Congreso lo vuelva a aprobar y, con ello, dejaría marginado al presidente.

En este caso, sería la Corte de Constitucionalidad la que podría ponerle freno. Pero la CC tampoco quiere pelearse con el Congreso por las elecciones de magistrados el próximo año.

Aún con este escenario negativo para el presidente, lo correcto es que lo vete y mande la señal de que desea hacer lo correcto. 

Si finalmente entra en vigor este decreto, estaríamos ante uno de los despilfarros de dinero más grandes de nuestra historia. 

El presidente, algunos diputados decentes y la CC podrían evitar que los diputados y alcaldes sin vergüenzas se salgan con la suya.

 

*Columna publicada originalmente el 11 de septiembre en Nuestro Diario

Decree 7-2025: Constitutional Issues

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Sobre el papel, la promesa suena bien: que haya obras. Pero el modo en que se logra plantea algunas tensiones constitucionales que vale la pena mencionar.

 

El Congreso aprobó, de urgencia nacional, el Decreto 7-2025: Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de los Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDE). Sobre el papel, la promesa suena bien: que las obras no se queden a medias, que los permisos dejen de ser un pantano burocrático y que el dinero llegue más rápido a las municipalidades. Que haya obras. Pero el modo en que se logra plantea algunas tensiones constitucionales que vale la pena mencionar.

El primer cambio está en la billetera. La regla general de la Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto 101-97) es que el ejercicio fiscal cierra el 31 de diciembre y todo saldo que no se comprometió ni se devengó se extingue. En otras palabras, el dinero asignado y no usado regresa al fondo común del Estado y, al año siguiente, hay que volver a gestionarlo dentro del nuevo presupuesto aprobado por el Congreso. 

Con el nuevo artículo 45 Ter, los CODEDE reciben un trato distinto: sus saldos ya no se extinguen, sino que se trasladan automáticamente a la Cuenta Única del Tesoro de los CODEDE y permanecen disponibles para el año siguiente, aun si no había convenio firmado. Ejemplo sencillo: si en 2025 se aprobaron Q10 millones para un puente y solo se devengaron Q4, antes los Q6 restantes regresaban al Tesoro en diciembre; ahora, esos Q6 siguen disponibles en 2026 para continuar la obra, sin necesidad de nueva aprobación.

La Corte de Constitucionalidad, en el expediente 1974-2017, estableció que el presupuesto está regido por tres principios: unidad, porque todos los ingresos del Estado forman un solo fondo común; universalidad, porque en el presupuesto deben reflejarse todos los gastos; y anualidad, porque la autorización del Congreso vale solo por un ejercicio fiscal y debe renovarse cada año. La Corte fue clara en que estos principios no son simples formalidades, sino el mecanismo mediante el cual se garantiza el control político sobre el uso del dinero público. 

Visto desde ahí, el Decreto 7-2025 plantea una tensión constitucional al permitir que los saldos de los CODEDE se arrastren automáticamente de un año a otro. Esa excepción erosiona la lógica de la anualidad y, en la práctica, funciona como un presupuesto paralelo que ya no pasa por el filtro del Congreso. 

El mismo artículo impone, sin embargo, un pequeño candado. Si pasan dos ejercicios fiscales desde la asignación inicial sin convenio ni avance físico o financiero, el dinero regresa al Estado y el Ministerio de Finanzas puede debitarlo directamente de la cuenta del CODEDE. Y si a esa fecha existen compromisos sin pagar, la municipalidad —como unidad ejecutora— deberá responder con sus propios recursos.

Por otra parte, el 45 Ter ordena que los CODEDE, en su calidad de administradores, desembolsen la totalidad de los recursos a las municipalidades en un máximo de quince días hábiles después de firmado el convenio.

El tercer cambio es el más polémico: los permisos exprés. El artículo 3 del Decreto 7-2025 dice que ministerios, municipalidades y demás autoridades que otorgan licencias, avales o autorizaciones deben resolver en cinco (5) días hábiles. Durante los primeros dos días pueden pedir documentos adicionales; si no lo hacen o si no responden a tiempo, la solicitud se entiende “aprobada automáticamente” y la constancia debe extenderse en tres días más. Pensemos en un sistema de agua: si la municipalidad pide licencia ambiental y el MARN no responde en cinco días, se da por aprobada y la obra puede arrancar. O pensemos en una construcción que inicia sin dictamen de la CONRED. Para algunos alcaldes esto puede ser un alivio; pero, visto desde la óptica del interés común, la posibilidad de aprobar proyectos con impactos graves sin revisión técnica es un riesgo serio.

La Corte de Constitucionalidad ha dejado claro que el silencio administrativo positivo solo es constitucionalmente admisible cuando no sustituye obligaciones que la propia Constitución impone a la autoridad. El derecho de petición garantiza que la administración responda en tiempo, pero esa garantía no equivale a reemplazar con el simple paso de los días un dictamen que requiere verificación real. En la sentencia dictada dentro del expediente 1491-2007 sobre minería, la Corte advirtió que un estudio de impacto ambiental no puede tenerse por aprobado automáticamente, porque los artículos 64 y 97 de la Constitución obligan a una evaluación técnica efectiva para proteger el ambiente.

De ahí se desprende la regla: el silencio positivo funciona como garantía frente a la inacción burocrática en trámites ordinarios, pero se vuelve inconstitucional cuando afecta deberes de tutela sobre bienes colectivos. Aplicado al Decreto 7-2025, el riesgo es bastante claro: si en cinco días se entienden aprobados permisos ambientales, de seguridad o de riesgo, el tiempo se convierte en sustituto del control técnico y se vacían de contenido los mandatos constitucionales que obligan al Estado a prevenir daños y proteger el ambiente, la salud o la seguridad de las personas.

La doctrina va en la misma línea. El silencio positivo tiene sentido cuando el ciudadano pide algo cuyo examen es meramente formal; allí actúa como garantía frente a la inactividad. Pero en materias que implican deberes constitucionales —como la protección ambiental, la seguridad o el patrimonio cultural—, convertir la omisión en autorización resulta inconstitucional. Sería paradójico que la negligencia de la administración termine liberándola de cumplir precisamente las obligaciones que la Constitución le impone. Y el problema es más evidente aún en el Decreto 7-2025: no se trata de proteger a un ciudadano frente al Estado, sino de relaciones entre entidades públicas. En ese terreno no hay derecho individual que tutelar, sino mandatos de protección que el constituyente trasladó al Estado mismo; y esas obligaciones no pueden extinguirse por silencio.

 

*Columna publicada originalmente el 12 de septiembre en La Hora

 

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