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La peligrosa arma de la inhabilitación política
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Directora del área de Estudios Latinoamericanos de la Fundación Libertad y Desarrollo. Es licenciada en Historia egresada de la Universidad Central de Venezuela.
20 Jul 2023

Son armas arbitrarias y discrecionales y se han convertido en el principal obstáculo a vencer para la celebración de elecciones auténticas y democráticas. 

 

En Venezuela, las inhabilitaciones se han empleado como método sistemático de persecución contra los líderes de la oposición, por lo menos desde 2002. En estos 24 años, el régimen chavista ha usado instituciones como la Contraloría General de la República, entre otras, para imponer inhabilitaciones a candidatos incómodos y asegurarse un escenario electoral siempre favorable que les permita retener el poder indefinidamente.

Es fundamental entender que las inhabilitaciones políticas no pueden ser impuestas a través de decisiones administrativas y menos sin sentencia firme de un tribunal. Organismos administrativos como la Contraloría General no tienen la autoridad para violar derechos políticos, como tampoco la tiene usar la persecución penal como arma política para impedir candidaturas. El derecho a elegir y ser elegido es un derecho humano fundamental, y cualquier limitación al mismo debe basarse en condenas de tribunales competentes, siguiendo el debido proceso y el derecho a la defensa. Esta ha sido la jurisprudencia de la Corte Interamericana en casos como López Mendoza Vs. Venezuela y Petro Urrego Vs. Colombia, por citar algunos. 

Lamentablemente, la intensificación de la persecución a través de las inhabilitaciones políticas y judicializaciones parece una tendencia que se propaga en la región latinoamericana.

Cada vez son más frecuentes los ataques sistemáticos contra actores políticos y organizaciones en coyunturas electorales en esta parte del continente: 

  • La reciente inhabilitación de María Corina Machado, candidata delantera de la oposición venezolana de cara a las elecciones presidenciales de 2024, por la Contraloría General de la República, en la que argumentan: “actos que atentan contra la ética pública, la moral administrativa, el estado de derecho, la paz y la soberanía”. Además, de vincularla con una supuesta trama de corrupción entre 2019 y 2023.
  • El acoso contra el Movimiento Semilla, partido ganador en la primera vuelta electoral en Guatemala, que, por una investigación de una fiscalía especial por un caso de firmas falsificadas, un juez ordenó la suspensión de su personalidad jurídica, lo cual de acuerdo a la ley electoral de ese país, le impediría al candidato Bernardo Arévalo medirse en la segunda vuelta este 20 de agosto. A pesar de que tanto el Tribunal Electoral y la Corte de Constitucionalidad han permitido que el proceso electoral continúe como lo dicta el mandato constitucional y la voluntad popular expresada en las urnas, la persecución penal al partido persiste y hay todo tipo de incertidumbre alrededor de la realización de los comicios.
  • La intervención judicial por parte del Ministerio de Justicia de Argentina a la organización que preside la precandidata presidencial Patricia Bullrich, por supuestamente haber "estructurado un sistema de ingresos y egresos" destinado a "financiar" acciones de "proselitismo político" a través de "seminarios, almuerzos y/o aportes". Todo esto, con el fin de eventualmente entorpecer e impedir su candidatura presidencial para las elecciones de octubre de 2023. 

 

En una región que no se recupera totalmente de su caída económica de los últimos años, que sucumbe cada vez más en temas de desempeño institucional y seguridad, con aumento de la pobreza cuya brecha no se logra cerrar ni siquiera a tiempos de 2019, con problemas graves de migración y crimen organizado; las elecciones (con la excepción de Cuba, Nicaragua y Venezuela) eran la única garantía de que todavía había algún tipo de compromiso y afinidad con la democracia. Respetar al menos ese principio básico es vital para la estabilidad política de América Latina. 

The legal deception
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Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
20 Jul 2023

Muchos de estos ataques se han perpetrado en nombre de la ley, pero son resultado de interpretaciones que podríamos categorizar dentro del concepto de "engaño legal"

 

La noción del Estado de derecho constituye un pilar fundamental en nuestras sociedades, a la vez que es objeto de constantes deliberaciones. Habitualmente, empleamos este término para ilustrar un contexto en el cual todas las personas e instituciones, sin excepción, están sometidas a leyes que se han aprobado públicamente, poseen una vigencia futura y general, y son aplicadas o administradas por tribunales de justicia independientes.

Sin embargo, este ideal enfrenta obstáculos considerables en su aplicación práctica. Un fenómeno que se observa frecuentemente en diversos regímenes autoritarios es el atropello de los límites constitucionales y los derechos fundamentales, todo bajo el pretexto de la ley y el Estado de derecho.

Estos regímenes manipulan y tergiversan la ley a favor de aquellos que mantienen control sobre las instituciones, apoyándose en una narrativa que pone énfasis en una visión formal y superficial de la ley y el Estado de derecho. Un caso reciente es la dictadura venezolana que, citando una sanción de la Contraloría General de Venezuela, anunció la descalificación de la líder opositora, María Corina Machado. Es evidente cómo el régimen invoca una razón legal para coartar la participación de la oposición.

Como señala el profesor András Sajó en su libro "Ruling by Cheating: Governance in Illiberal Democracy", el acto de "engañar" implica fingir cumplir una regla para poder eludirla, obteniendo por lo general beneficios no merecidos a expensas de las personas engañadas o del "sistema". Esta ventaja se logra quebrantando una regla que otros siguen, lo que se traduce en una ventaja injusta.

Este "engaño legal" es una táctica común en muchos regímenes autoritarios. La ley, por su naturaleza, puede ser interpretada de diversas maneras, y presenta diferentes visiones y significados plausibles. Una buena legislación reduce la incertidumbre, pero es imposible aspirar a un sistema legal compuesto exclusivamente por normas de significado e interpretación inequívocos.

Los tribunales frecuentemente recurren a marcos interpretativos para dar sentido a la ley, y existe un margen dentro del cual ciertas interpretaciones pueden competir entre sí. Esta circunstancia es aún más evidente en materia constitucional, donde los conceptos están lejos de ser fijos y predeterminados.

Indudablemente, existen interpretaciones que desvían el curso de la justicia y trascienden cualquier marco razonable de interpretación. Como recuerda el profesor Sajó, lo que evita el engaño legal y constitucional es "la contención moral y cultural entre los actores constitucionales, resultado de las restricciones y convenciones que los políticos decentes, los administradores y los abogados aceptan sin dudarlo o bajo la presión de una opinión pública moralmente sensible."

Actualmente, el orden constitucional guatemalteco se encuentra en una situación precaria debido a los continuos embates que han afectado el proceso electoral y los órganos electorales. Muchos de estos ataques se han perpetrado en nombre de la ley, pero son resultado de interpretaciones que podríamos categorizar dentro del concepto de "engaño legal".

Si, como hemos expuesto, la defensa del verdadero significado de la Constitución y las leyes depende en gran medida de esa contención moral y cultural de diversos actores, no cabe duda de que su voz y liderazgo son imprescindibles en este momento crucial.

El engaño legal
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
20 Jul 2023

Muchos de estos ataques se han perpetrado en nombre de la ley, pero son resultado de interpretaciones que podríamos categorizar dentro del concepto de "engaño legal"

 

La noción del Estado de derecho constituye un pilar fundamental en nuestras sociedades, a la vez que es objeto de constantes deliberaciones. Habitualmente, empleamos este término para ilustrar un contexto en el cual todas las personas e instituciones, sin excepción, están sometidas a leyes que se han aprobado públicamente, poseen una vigencia futura y general, y son aplicadas o administradas por tribunales de justicia independientes.

Sin embargo, este ideal enfrenta obstáculos considerables en su aplicación práctica. Un fenómeno que se observa frecuentemente en diversos regímenes autoritarios es el atropello de los límites constitucionales y los derechos fundamentales, todo bajo el pretexto de la ley y el Estado de derecho.

Estos regímenes manipulan y tergiversan la ley a favor de aquellos que mantienen control sobre las instituciones, apoyándose en una narrativa que pone énfasis en una visión formal y superficial de la ley y el Estado de derecho. Un caso reciente es la dictadura venezolana que, citando una sanción de la Contraloría General de Venezuela, anunció la descalificación de la líder opositora, María Corina Machado. Es evidente cómo el régimen invoca una razón legal para coartar la participación de la oposición.

Como señala el profesor András Sajó en su libro "Ruling by Cheating: Governance in Illiberal Democracy", el acto de "engañar" implica fingir cumplir una regla para poder eludirla, obteniendo por lo general beneficios no merecidos a expensas de las personas engañadas o del "sistema". Esta ventaja se logra quebrantando una regla que otros siguen, lo que se traduce en una ventaja injusta.

Este "engaño legal" es una táctica común en muchos regímenes autoritarios. La ley, por su naturaleza, puede ser interpretada de diversas maneras, y presenta diferentes visiones y significados plausibles. Una buena legislación reduce la incertidumbre, pero es imposible aspirar a un sistema legal compuesto exclusivamente por normas de significado e interpretación inequívocos.

Los tribunales frecuentemente recurren a marcos interpretativos para dar sentido a la ley, y existe un margen dentro del cual ciertas interpretaciones pueden competir entre sí. Esta circunstancia es aún más evidente en materia constitucional, donde los conceptos están lejos de ser fijos y predeterminados.

Indudablemente, existen interpretaciones que desvían el curso de la justicia y trascienden cualquier marco razonable de interpretación. Como recuerda el profesor Sajó, lo que evita el engaño legal y constitucional es "la contención moral y cultural entre los actores constitucionales, resultado de las restricciones y convenciones que los políticos decentes, los administradores y los abogados aceptan sin dudarlo o bajo la presión de una opinión pública moralmente sensible."

Actualmente, el orden constitucional guatemalteco se encuentra en una situación precaria debido a los continuos embates que han afectado el proceso electoral y los órganos electorales. Muchos de estos ataques se han perpetrado en nombre de la ley, pero son resultado de interpretaciones que podríamos categorizar dentro del concepto de "engaño legal".

Si, como hemos expuesto, la defensa del verdadero significado de la Constitución y las leyes depende en gran medida de esa contención moral y cultural de diversos actores, no cabe duda de que su voz y liderazgo son imprescindibles en este momento crucial.

The unnecessary electoral circus: a tangle of recounts and demands
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
06 Jul 2023

Los órganos de justicia deben actuar con prudencia y evitar que el circo electoral se prolongue innecesariamente.

 

El 25 de junio, las elecciones nacionales arrojaron un resultado presidencial inesperado. Nueve partidos levantaron diversas quejas acerca del recuento de votos y, como resultado, interpusieron un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC), la cual, como es costumbre en estos tiempos, intervino otorgando un amparo provisional.

Este amparo provisional, expedido el 1 de julio de 2023, ordenó la repetición de la audiencia de revisión de escrutinios, seguido de un cotejo de actas para "corregir" posibles errores en la sumatoria de votos. La CC incluso dejó una puerta abierta para que, en ciertos casos excepcionales, se ordene un recuento de papeletas si existen dudas justificadas de alteraciones de resultados. Pero repito: en casos excepcionales.

Esta intervención de la CC muestra una triste ironía. Aunque el actual proceso electoral fue caótico en la fase de registro de candidaturas, debido a los criterios erráticos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y la influencia excesiva de las cortes, el conteo de votos ha sido tradicionalmente uno de los aspectos más sólidos de nuestro sistema electoral.

Desde la Ley Orgánica del Tribunal Supremo Electoral en 1983, nuestro sistema de conteo de votos ha descansado en manos de ciudadanos voluntarios. Esto se ha mantenido hasta hoy y es el principal motivo de su robustez. Los voluntarios forman Juntas Receptoras de Votos (JRV), encargadas de recibir, escrutar y contar los votos en sus respectivas mesas, todo bajo la vigilancia de los fiscales de los partidos políticos.

Pero las JRV son solo un eslabón en una cadena bien organizada y jerarquizada. Por encima de ellas se encuentran las Juntas Electorales Municipales (JEM) y las Juntas Electorales Departamentales (JED). La JEM se encarga de nombrar y juramentar a las JRV, y luego de recibir y compilar los resultados electorales de estas. La JED, por su parte, tiene la responsabilidad de declarar el resultado y la validez de las elecciones en su departamento y enviar los resultados a instancias superiores.

Este proceso de conteo se documenta meticulosamente en una serie de documentos firmados por los presidentes, secretarios y vocales de las Juntas, desde el documento número 4 que recoge los resultados de cada mesa, hasta el documento número 7, que resume los votos obtenidos por cada partido en todas las elecciones del municipio.

Con esta serie de controles y equilibrios, y la participación de más de 73,281 voluntarios y suplentes en las JRV en más de 24,427 mesas de votación, es casi imposible realizar un fraude a gran escala sin ser descubierto.

A pesar de la seguridad inherente en el proceso, la CC ha ordenado la repetición de las audiencias de revisión de escrutinios para corregir pequeños errores o impugnaciones que los partidos alegan que no pudieron hacer valer en las audiencias que tuvieron lugar la semana pasada. Sin embargo, actores marginales, que posiblemente ni siquiera comprenden el proceso, han aprovechado esta oportunidad para hacer afirmaciones infundadas de fraude, erosionando aún más la ya precaria confianza en las instituciones democráticas de Guatemala.

Además, aunque el proceso de recuento sea laborioso y meticuloso, algunas críticas han pasado por alto un hecho fundamental: los errores humanos ocurren. Con la cantidad de voluntarios y la magnitud de la votación, es natural que haya discrepancias menores en los números al momento de la sumatoria de votos. Esto no significa necesariamente que haya habido fraude.

El actual y creo, innecesario proceso de cotejo de actas que ha resuelto la Corte, permitirán en el mejor de los casos, corregir errores menores y validar los resultados. La indebida interferencia del tribunal constitucional en este asunto merece un análisis más profundo y espero tener ocasión para hacerlo.

Ahora bien, en estos tiempos de incertidumbre y desconfianza, es vital recordar a las Juntas Electorales y las JRV por su dedicación y esfuerzo cívico. Gracias a su trabajo, Guatemala pudo tener una votación exitosa, a pesar de los obstáculos y desafíos. Aplaudamos a estas personas que decidieron participar activamente en la construcción de  democracia. Su servicio merece nuestro reconocimiento y respeto.

Mientras tanto, aquellos que intentan sembrar dudas y socavar la confianza en nuestro sistema electoral deben reconsiderar sus acciones. Los órganos de justicia deben actuar con prudencia y evitar que el circo electoral se prolongue innecesariamente.

El innecesario circo electoral: un enredo de recuentos y demandas
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
06 Jul 2023

Los órganos de justicia deben actuar con prudencia y evitar que el circo electoral se prolongue innecesariamente.

 

El 25 de junio, las elecciones nacionales arrojaron un resultado presidencial inesperado. Nueve partidos levantaron diversas quejas acerca del recuento de votos y, como resultado, interpusieron un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC), la cual, como es costumbre en estos tiempos, intervino otorgando un amparo provisional.

Este amparo provisional, expedido el 1 de julio de 2023, ordenó la repetición de la audiencia de revisión de escrutinios, seguido de un cotejo de actas para "corregir" posibles errores en la sumatoria de votos. La CC incluso dejó una puerta abierta para que, en ciertos casos excepcionales, se ordene un recuento de papeletas si existen dudas justificadas de alteraciones de resultados. Pero repito: en casos excepcionales.

Esta intervención de la CC muestra una triste ironía. Aunque el actual proceso electoral fue caótico en la fase de registro de candidaturas, debido a los criterios erráticos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y la influencia excesiva de las cortes, el conteo de votos ha sido tradicionalmente uno de los aspectos más sólidos de nuestro sistema electoral.

Desde la Ley Orgánica del Tribunal Supremo Electoral en 1983, nuestro sistema de conteo de votos ha descansado en manos de ciudadanos voluntarios. Esto se ha mantenido hasta hoy y es el principal motivo de su robustez. Los voluntarios forman Juntas Receptoras de Votos (JRV), encargadas de recibir, escrutar y contar los votos en sus respectivas mesas, todo bajo la vigilancia de los fiscales de los partidos políticos.

Pero las JRV son solo un eslabón en una cadena bien organizada y jerarquizada. Por encima de ellas se encuentran las Juntas Electorales Municipales (JEM) y las Juntas Electorales Departamentales (JED). La JEM se encarga de nombrar y juramentar a las JRV, y luego de recibir y compilar los resultados electorales de estas. La JED, por su parte, tiene la responsabilidad de declarar el resultado y la validez de las elecciones en su departamento y enviar los resultados a instancias superiores.

Este proceso de conteo se documenta meticulosamente en una serie de documentos firmados por los presidentes, secretarios y vocales de las Juntas, desde el documento número 4 que recoge los resultados de cada mesa, hasta el documento número 7, que resume los votos obtenidos por cada partido en todas las elecciones del municipio.

Con esta serie de controles y equilibrios, y la participación de más de 73,281 voluntarios y suplentes en las JRV en más de 24,427 mesas de votación, es casi imposible realizar un fraude a gran escala sin ser descubierto.

A pesar de la seguridad inherente en el proceso, la CC ha ordenado la repetición de las audiencias de revisión de escrutinios para corregir pequeños errores o impugnaciones que los partidos alegan que no pudieron hacer valer en las audiencias que tuvieron lugar la semana pasada. Sin embargo, actores marginales, que posiblemente ni siquiera comprenden el proceso, han aprovechado esta oportunidad para hacer afirmaciones infundadas de fraude, erosionando aún más la ya precaria confianza en las instituciones democráticas de Guatemala.

Además, aunque el proceso de recuento sea laborioso y meticuloso, algunas críticas han pasado por alto un hecho fundamental: los errores humanos ocurren. Con la cantidad de voluntarios y la magnitud de la votación, es natural que haya discrepancias menores en los números al momento de la sumatoria de votos. Esto no significa necesariamente que haya habido fraude.

El actual y creo, innecesario proceso de cotejo de actas que ha resuelto la Corte, permitirán en el mejor de los casos, corregir errores menores y validar los resultados. La indebida interferencia del tribunal constitucional en este asunto merece un análisis más profundo y espero tener ocasión para hacerlo.

Ahora bien, en estos tiempos de incertidumbre y desconfianza, es vital recordar a las Juntas Electorales y las JRV por su dedicación y esfuerzo cívico. Gracias a su trabajo, Guatemala pudo tener una votación exitosa, a pesar de los obstáculos y desafíos. Aplaudamos a estas personas que decidieron participar activamente en la construcción de  democracia. Su servicio merece nuestro reconocimiento y respeto.

Mientras tanto, aquellos que intentan sembrar dudas y socavar la confianza en nuestro sistema electoral deben reconsiderar sus acciones. Los órganos de justicia deben actuar con prudencia y evitar que el circo electoral se prolongue innecesariamente.

An unusual electoral journey in Guatemala
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
30 Jun 2023

El resultado electoral es en gran medida producto de manipulaciones y exclusiones caprichosas de candidaturas presidenciales

 

El pasado 25 de junio, Guatemala vivió una jornada electoral que dejó algunas sorpresas. Aunque las encuestas anticipaban que Sandra Torres, del partido UNE, se posicionaría en primer lugar, nadie esperaba que Bernardo Arévalo del partido Semilla, asegurara el segundo lugar y avanzara a la segunda vuelta electoral, prevista para el 20 de agosto.

Sin embargo, para la UNE las cifras no resultaron tan favorables como en 2019. El partido obtuvo 254,785 votos menos que en las últimas elecciones y consiguió menos votos en todos los distritos, excepto en el distrito central (+1553 votos), Baja Verapaz (+586 votos) y Alta Verapaz (+6,022 votos). Un reflejo claro de cómo han cambiado las estructuras políticas de la UNE en comparación a hace cuatro años.

Por otro lado, Semilla se convirtió en la sorpresa de la jornada, superando ampliamente los pronósticos que apenas le otorgaban menos de un 3% de intención de voto. Al final, logró el segundo lugar con el 15.6% de los votos válidos. Semilla obtuvo el 49% de sus votos en el distrito central y el departamento de Guatemala. Otros departamentos donde tuvo una buena acogida fueron Quetzaltenango, Sacatepéquez y Chimaltenango, que en conjunto con los dos anteriores representaron el 65% de sus votos totales.

En cambio, las expectativas quedaron desinfladas para los binomios de Cabal y la coalición Valor-Unionista, quienes, pese a ser considerados como posibles contendientes por la segunda plaza, no llegaron a superar el 9% de la intención de voto.

En estas elecciones, los votos nulos y blancos alcanzaron un número asombroso: 1,354,831 votantes de los 5,557,273 emitidos, representando el 24.38% de los votos en la elección presidencial. Es notable cómo este porcentaje se disparó en la presidencial y diputaciones, alcanzando el 33.3% de los votos válidamente emitidos, en comparación con el 5% o 6% de votos nulos o en blanco que se pudo ver en muchas de las elecciones para las corporaciones municipales. 

Aunque hubo un rechazo notorio al status quo, los partidos tradicionales, aquellos que se mantuvieron en la alianza legislativa oficialista, todavía consiguieron alrededor de 2.2 millones de votos. 

Esto resultará en un Congreso fragmentado con más de 15 bloques legislativos. VAMOS, el partido del gobierno saliente, tendrá la bancada más grande con 39 escaños, seguido de Semilla con 23, Cabal con 18 y la coalición Valor-Unionista o Valor de forma independiente sumarán 12 escaños. Tanto Semilla como UNE deberán enfrentarse a un Congreso donde la mayoría de los escaños estarán en manos opositoras.

Estas elecciones dejan claro el castigo del electorado a algunos partidos de la coalición dominante. El resultado electoral es en gran medida producto de manipulaciones y exclusiones caprichosas de candidaturas presidenciales. La ley de las consecuencias imprevistas se ha manifestado: la exclusión de binomios como el de Prosperidad Ciudadana, Podemos o MLP, que en principio parecía beneficiar a los más conocidos (como en 2019), finalmente ha volteado la balanza de formas imprevistas.

Los resultados sorpresivos y el alto número de votos nulos y blancos enfatizan una marcada insatisfacción con el panorama político actual. Sin lugar a duda, la segunda vuelta promete ser un evento único, diferente a las experiencias previas. La UNE deberá jugar contra un fuerte antivoto y arreciará sus esfuerzos por proyectarse como una opción conservadora, algo que contrasta con la forma en que hizo gobierno entre 2008 y 2012.

Una jornada electoral insólita en Guatemala
28
Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
30 Jun 2023

El resultado electoral es en gran medida producto de manipulaciones y exclusiones caprichosas de candidaturas presidenciales

 

El pasado 25 de junio, Guatemala vivió una jornada electoral que dejó algunas sorpresas. Aunque las encuestas anticipaban que Sandra Torres, del partido UNE, se posicionaría en primer lugar, nadie esperaba que Bernardo Arévalo del partido Semilla, asegurara el segundo lugar y avanzara a la segunda vuelta electoral, prevista para el 20 de agosto.

Sin embargo, para la UNE las cifras no resultaron tan favorables como en 2019. El partido obtuvo 254,785 votos menos que en las últimas elecciones y consiguió menos votos en todos los distritos, excepto en el distrito central (+1553 votos), Baja Verapaz (+586 votos) y Alta Verapaz (+6,022 votos). Un reflejo claro de cómo han cambiado las estructuras políticas de la UNE en comparación a hace cuatro años.

Por otro lado, Semilla se convirtió en la sorpresa de la jornada, superando ampliamente los pronósticos que apenas le otorgaban menos de un 3% de intención de voto. Al final, logró el segundo lugar con el 15.6% de los votos válidos. Semilla obtuvo el 49% de sus votos en el distrito central y el departamento de Guatemala. Otros departamentos donde tuvo una buena acogida fueron Quetzaltenango, Sacatepéquez y Chimaltenango, que en conjunto con los dos anteriores representaron el 65% de sus votos totales.

En cambio, las expectativas quedaron desinfladas para los binomios de Cabal y la coalición Valor-Unionista, quienes, pese a ser considerados como posibles contendientes por la segunda plaza, no llegaron a superar el 9% de la intención de voto.

En estas elecciones, los votos nulos y blancos alcanzaron un número asombroso: 1,354,831 votantes de los 5,557,273 emitidos, representando el 24.38% de los votos en la elección presidencial. Es notable cómo este porcentaje se disparó en la presidencial y diputaciones, alcanzando el 33.3% de los votos válidamente emitidos, en comparación con el 5% o 6% de votos nulos o en blanco que se pudo ver en muchas de las elecciones para las corporaciones municipales. 

Aunque hubo un rechazo notorio al status quo, los partidos tradicionales, aquellos que se mantuvieron en la alianza legislativa oficialista, todavía consiguieron alrededor de 2.2 millones de votos. 

Esto resultará en un Congreso fragmentado con más de 15 bloques legislativos. VAMOS, el partido del gobierno saliente, tendrá la bancada más grande con 39 escaños, seguido de Semilla con 23, Cabal con 18 y la coalición Valor-Unionista o Valor de forma independiente sumarán 12 escaños. Tanto Semilla como UNE deberán enfrentarse a un Congreso donde la mayoría de los escaños estarán en manos opositoras.

Estas elecciones dejan claro el castigo del electorado a algunos partidos de la coalición dominante. El resultado electoral es en gran medida producto de manipulaciones y exclusiones caprichosas de candidaturas presidenciales. La ley de las consecuencias imprevistas se ha manifestado: la exclusión de binomios como el de Prosperidad Ciudadana, Podemos o MLP, que en principio parecía beneficiar a los más conocidos (como en 2019), finalmente ha volteado la balanza de formas imprevistas.

Los resultados sorpresivos y el alto número de votos nulos y blancos enfatizan una marcada insatisfacción con el panorama político actual. Sin lugar a duda, la segunda vuelta promete ser un evento único, diferente a las experiencias previas. La UNE deberá jugar contra un fuerte antivoto y arreciará sus esfuerzos por proyectarse como una opción conservadora, algo que contrasta con la forma en que hizo gobierno entre 2008 y 2012.

The foundations of Guatemala's State
113
Directora del área de Estudios Latinoamericanos de la Fundación Libertad y Desarrollo. Es licenciada en Historia egresada de la Universidad Central de Venezuela.
23 Jun 2023

Quedará por ver si ese Estado inacabado, es bueno para la economía, la sociedad y las instituciones. También si cumple su función primordial de garantizar la defensa, la vida y la libertad. 

 

En días recientes, el Instituto Fe y Libertad y el Movimiento Cívico Nacional, realizaron un ciclo de conferencias a propósito de las elecciones generales en Guatemala. El prof. Jesús María Alvarado Andrade, hizo una disertación sobre las bases del Estado de Guatemala, partiendo de la evolución de esta forma histórica de lo político y cómo ha sido el proceso de adopción de la nación guatemalteca de la forma estatal. En ese sentido, vale la pena extraer las principales ideas de esta conferencia para que sean de utilidad a quienes estudien estos temas. 

Estado es una palabra a la que si nos aproximamos desde el punto de vista histórico-conceptual, significa “comunidad política”. Es decir, las antiguas poleis griegas, o lo que en el mundo medieval es Stato, se refiere a comunidades políticas con distintas formas de gobierno que podían ir desde la ciudad-Estado, al imperio, etc. 

El llamado Estado moderno, es más bien una creación de los siglos XV-XVI y es una organización racional y burocrática que parte de una visión de la política como artefacto, en la que esta gran máquina está llamada a solventar los problemas que atentan con disolver a la comunidad política, como la guerra civil o la revolución. En ese sentido, el Estado moderno tiene como finalidad imponer la paz al convertirse en un ente neutral que hace cumplir las leyes y administra la justicia, a través de procedimientos impersonales y racionales, que serían las Constituciones, las cuales a su vez van a controlar ese poder. De manera que el Estado moderno se contrapone a las comunidades políticas antiguas y medievales, que se apoyaban en la ética y en la moral (lo que para los romanos serían las “virtudes cívicas”) para procurar el buen gobierno, las cuales debían ser parte fundamental de la educación de los príncipes y gobernantes.  

Pero la realidad del Estado es que tiende a aumentar su poder hasta donde encuentra límites. La lógica del Estado es su expansión. De allí que la idea de Constitución como mecanismo (nunca mejor dicho) efectivo para controlar el poder, halla sus orígenes en los siglos XVII y XVIII y se concretará finalmente en los Estados Unidos de América. Una idea alimentada a su vez por una tradición política que no se explica antes de la aparición de la forma histórica estatal, llamada Liberalismo. El liberalismo sería entonces una reacción consustancial a la aparición del Estado moderno. En ese sentido, existen dos tipos de liberales: opositores rotundos al Estado como artefacto y liberales que lo admiten pero que quieren limitar sus funciones. Muchos de estos liberales que admiten al Estado, ven en el constitucionalismo un límite importante a su poder y también abogarán, como Tocqueville, por los llamados cuerpos intermedios de la sociedad. 

Una aclaración importante en este punto es el hecho de que los liberales que se oponen a la forma política estatal, no es que defiendan una suerte de anarquía, sino que abogan por una forma de lo político más natural (y que antecede al Estado), que es el gobierno. Valga otra disgresión, y es que el anarquismo no es una teoría política, es una teoría moral que considera que todo poder político es intrínsecamente malo. También huelga decir que todo anarquismo en sí mismo encierra la máxima politización, por esta razón lleva siempre a la revolución. De manera que los liberales entienden gobierno como una organización de mando que no necesariamente cuenta con ese aparato sofisticado de poder, llamado Burocracia

Paradójicamente, la mayoría de los grandes teóricos del Estado son ingleses (Hobbes por ejemplo), sin embargo, la forma histórica estatal nunca ha encontrado cabida totalmente en Inglaterra. Por su parte, Francia cuenta con famosos teóricos del Estado (como Bodino), y allí sí se desarrolló un poder político estatal encarnado en la forma de gobierno de la monarquía absoluta.  

Aterrizando conceptos cada vez más hacia la formación del Estado en Guatemala, hay que precisar que Guatemala viene de la monarquía hispánica, la cual no fue necesariamente un Estado y que, de hecho, en su estructura era anti-Estatal. De hecho, durante el período colonial, no había propiamente un constitucionalismo per se, sino una serie de relaciones y fueros medievales que aglutinaban a los pueblos de Ultramar con la Península, con énfasis en los usos y costumbres de las provincias. 

Cuando irrumpen las ideas liberales en la América española, buena parte de los próceres de las independencias de la América española van a intentar crear Estados, pero con la variante de que serán Estados que nacerán dentro de la tradición anti-Estatal liberal. De allí en adelante comenzarán una serie de intentos y tropiezos para crear Estados liberales en América Latina. Hay que precisar que muchos de estos hombres del siglo XIX, no querían crear Estados artefactos que se metieran en todos los asuntos de la vida económica y social, sin embargo, la sola creación de un Estado que garantizara la paz y la vida, fue tremendamente difícil y lo sigue siendo hasta nuestros días. Será en el siglo XX -luego de las Guerras Mundiales- cuando empiezan a penetrar ideas políticas más europeas sobre el Estado como agente de transformación social, que la forma histórica Estado asume la conducción económica y social. Allí resurgirá de nuevo el liberalismo que ahora hundirá sus raíces en lo económico, alejándose de las discusiones de los siglos XVII y XVIII. 

Históricamente en Guatemala, como en muchos países de la región, vemos tensiones entre la implantación de la forma estatal y la realidad histórica. En Guatemala no hemos vivido dentro de una forma estatal, ni durante la monarquía hispánica, ni después de la independencia. Por otra parte, quienes abogan por un Estado muy fuerte en Guatemala, al estilo de Francia y Alemania, tendrían que sincerarse sobre el hecho de que para tenerlo, se necesita de una industrialización muy desarrollada con la que no contamos. De allí el resultado actual: nominalmente Guatemala es un Estado con unas obligaciones muy grandes, que en la realidad es incapaz de materializar.

En conclusión, Guatemala no tiene un Estado moderno en sensu stricto, pero quedará por ver si ese Estado inacabado, es bueno para la economía, la sociedad y las instituciones. También si cumple su función primordial de garantizar la defensa, la vida y la libertad. 

Cierra la conferencia con una pregunta ¿Se puede construir un Estado con una alternativa anti-Estatal? La respuesta es que sí, existen naciones que tienen un Estado donde se garantiza la libertad. Y también hay naciones como los Estados Unidos que se han edificado precisamente sobre la idea de “evitar” la construcción del Estado y frente a él rescatan el gobierno constitucional

Las bases del Estado de Guatemala
113
Directora del área de Estudios Latinoamericanos de la Fundación Libertad y Desarrollo. Es licenciada en Historia egresada de la Universidad Central de Venezuela.
23 Jun 2023

Quedará por ver si ese Estado inacabado, es bueno para la economía, la sociedad y las instituciones. También si cumple su función primordial de garantizar la defensa, la vida y la libertad. 

 

En días recientes, el Instituto Fe y Libertad y el Movimiento Cívico Nacional, realizaron un ciclo de conferencias a propósito de las elecciones generales en Guatemala. El prof. Jesús María Alvarado Andrade, hizo una disertación sobre las bases del Estado de Guatemala, partiendo de la evolución de esta forma histórica de lo político y cómo ha sido el proceso de adopción de la nación guatemalteca de la forma estatal. En ese sentido, vale la pena extraer las principales ideas de esta conferencia para que sean de utilidad a quienes estudien estos temas. 

Estado es una palabra a la que si nos aproximamos desde el punto de vista histórico-conceptual, significa “comunidad política”. Es decir, las antiguas poleis griegas, o lo que en el mundo medieval es Stato, se refiere a comunidades políticas con distintas formas de gobierno que podían ir desde la ciudad-Estado, al imperio, etc. 

El llamado Estado moderno, es más bien una creación de los siglos XV-XVI y es una organización racional y burocrática que parte de una visión de la política como artefacto, en la que esta gran máquina está llamada a solventar los problemas que atentan con disolver a la comunidad política, como la guerra civil o la revolución. En ese sentido, el Estado moderno tiene como finalidad imponer la paz al convertirse en un ente neutral que hace cumplir las leyes y administra la justicia, a través de procedimientos impersonales y racionales, que serían las Constituciones, las cuales a su vez van a controlar ese poder. De manera que el Estado moderno se contrapone a las comunidades políticas antiguas y medievales, que se apoyaban en la ética y en la moral (lo que para los romanos serían las “virtudes cívicas”) para procurar el buen gobierno, las cuales debían ser parte fundamental de la educación de los príncipes y gobernantes.  

Pero la realidad del Estado es que tiende a aumentar su poder hasta donde encuentra límites. La lógica del Estado es su expansión. De allí que la idea de Constitución como mecanismo (nunca mejor dicho) efectivo para controlar el poder, halla sus orígenes en los siglos XVII y XVIII y se concretará finalmente en los Estados Unidos de América. Una idea alimentada a su vez por una tradición política que no se explica antes de la aparición de la forma histórica estatal, llamada Liberalismo. El liberalismo sería entonces una reacción consustancial a la aparición del Estado moderno. En ese sentido, existen dos tipos de liberales: opositores rotundos al Estado como artefacto y liberales que lo admiten pero que quieren limitar sus funciones. Muchos de estos liberales que admiten al Estado, ven en el constitucionalismo un límite importante a su poder y también abogarán, como Tocqueville, por los llamados cuerpos intermedios de la sociedad. 

Una aclaración importante en este punto es el hecho de que los liberales que se oponen a la forma política estatal, no es que defiendan una suerte de anarquía, sino que abogan por una forma de lo político más natural (y que antecede al Estado), que es el gobierno. Valga otra disgresión, y es que el anarquismo no es una teoría política, es una teoría moral que considera que todo poder político es intrínsecamente malo. También huelga decir que todo anarquismo en sí mismo encierra la máxima politización, por esta razón lleva siempre a la revolución. De manera que los liberales entienden gobierno como una organización de mando que no necesariamente cuenta con ese aparato sofisticado de poder, llamado Burocracia

Paradójicamente, la mayoría de los grandes teóricos del Estado son ingleses (Hobbes por ejemplo), sin embargo, la forma histórica estatal nunca ha encontrado cabida totalmente en Inglaterra. Por su parte, Francia cuenta con famosos teóricos del Estado (como Bodino), y allí sí se desarrolló un poder político estatal encarnado en la forma de gobierno de la monarquía absoluta.  

Aterrizando conceptos cada vez más hacia la formación del Estado en Guatemala, hay que precisar que Guatemala viene de la monarquía hispánica, la cual no fue necesariamente un Estado y que, de hecho, en su estructura era anti-Estatal. De hecho, durante el período colonial, no había propiamente un constitucionalismo per se, sino una serie de relaciones y fueros medievales que aglutinaban a los pueblos de Ultramar con la Península, con énfasis en los usos y costumbres de las provincias. 

Cuando irrumpen las ideas liberales en la América española, buena parte de los próceres de las independencias de la América española van a intentar crear Estados, pero con la variante de que serán Estados que nacerán dentro de la tradición anti-Estatal liberal. De allí en adelante comenzarán una serie de intentos y tropiezos para crear Estados liberales en América Latina. Hay que precisar que muchos de estos hombres del siglo XIX, no querían crear Estados artefactos que se metieran en todos los asuntos de la vida económica y social, sin embargo, la sola creación de un Estado que garantizara la paz y la vida, fue tremendamente difícil y lo sigue siendo hasta nuestros días. Será en el siglo XX -luego de las Guerras Mundiales- cuando empiezan a penetrar ideas políticas más europeas sobre el Estado como agente de transformación social, que la forma histórica Estado asume la conducción económica y social. Allí resurgirá de nuevo el liberalismo que ahora hundirá sus raíces en lo económico, alejándose de las discusiones de los siglos XVII y XVIII. 

Históricamente en Guatemala, como en muchos países de la región, vemos tensiones entre la implantación de la forma estatal y la realidad histórica. En Guatemala no hemos vivido dentro de una forma estatal, ni durante la monarquía hispánica, ni después de la independencia. Por otra parte, quienes abogan por un Estado muy fuerte en Guatemala, al estilo de Francia y Alemania, tendrían que sincerarse sobre el hecho de que para tenerlo, se necesita de una industrialización muy desarrollada con la que no contamos. De allí el resultado actual: nominalmente Guatemala es un Estado con unas obligaciones muy grandes, que en la realidad es incapaz de materializar.

En conclusión, Guatemala no tiene un Estado moderno en sensu stricto, pero quedará por ver si ese Estado inacabado, es bueno para la economía, la sociedad y las instituciones. También si cumple su función primordial de garantizar la defensa, la vida y la libertad. 

Cierra la conferencia con una pregunta ¿Se puede construir un Estado con una alternativa anti-Estatal? La respuesta es que sí, existen naciones que tienen un Estado donde se garantiza la libertad. Y también hay naciones como los Estados Unidos que se han edificado precisamente sobre la idea de “evitar” la construcción del Estado y frente a él rescatan el gobierno constitucional

Elecciones Guatemala 2023: ¿hasta cuándo es permitido publicar encuestas?
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Edgar Ortiz es el Director del Área Jurídica en Fundación Libertad y Desarrollo, es catedrático universitario y participa como analista político en diferentes medios de comunicación. 
15 Jun 2023

Las encuestas y estudios de opinión no podrán ser publicados durante las treinta y seis horas previas al de las elecciones, repetición de elecciones y de la segunda elección presidencial

 

Antes de la reforma electoral de 2016 en Guatemala, la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) prohibía la publicación de encuestas electorales durante las 36 horas previas tanto a las elecciones como a la segunda vuelta electoral, si esta tuviera lugar. Sin embargo, durante la reforma, se modificó el artículo 223 inciso c y se agregó el 223 Ter a la LEPP. Este cambio amplió la restricción, prohibiendo la publicación de encuestas electorales por cualquier entidad o empresa durante los quince días previos a las elecciones.

 No obstante, la Corte de Constitucionalidad (CC), en una sentencia de inconstitucionalidad emitida el 23 de abril de 2019 (expediente 1699-2018), determinó que esta prohibición extendida a quince días era inconstitucional. Según la CC, esta restricción limitaba de forma desproporcionada la libertad de expresión y contradecía los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

En 2015, durante el dictamen preventivo (expediente 4258-2015), la CC ya había identificado una contradicción en la iniciativa de ley original (iniciativa 4974) que propició la reforma. El artículo 223, c, sugería una prohibición de quince días, mientras que el propuesto artículo 223 Ter establecía un plazo de solo 8 días. En aquel momento, la CC exhortó al Congreso a revisar la cuestión y definir el plazo que considerase más apropiado.

La CC concluyó en la sentencia de inconstitucionalidad de 2019, tras revisar el Acta de la Sesión Ordinaria nueve (9) del Congreso de la República del treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis -donde se discutió el incremento del plazo de prohibición- que no se proporcionó justificación alguna que respaldase la decisión tomada (optar por quince días). Ante esto, la CC decidió declarar inconstitucionales las modificaciones de 2016 que establecían el plazo de quince días para publicar encuestas. Sin embargo, de limitarse a declarar la inconstitucionalidad, se crearía un vacío legal, ya que no habría un plazo límite para la publicación de encuestas.

Para solucionar el vacío legal que esta anulación podría haber generado, la CC resolvió restablecer la norma original, que limitaba la publicación de encuestas a las 36 horas previas a las elecciones. Este restablecimiento afecta tanto al artículo 223, inciso c, como al 223 Ter de la LEPP, así como al artículo 19 del Reglamento de la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión.

Siguiendo esta decisión de la CC, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha modificado el Reglamento de la LEPP mediante el Acuerdo Número 603-2022. En el artículo 69, se refleja ahora que “las encuestas y estudios de opinión no podrán ser publicados durante las treinta y seis horas previas al de las elecciones, repetición de elecciones y de la segunda elección presidencial”.

En la misma dirección, el TSE reformó el Reglamento de la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión (también mediante el Acuerdo Número 603-2022), consignando el plazo de 36 horas en el artículo 19.

Por tanto, en el marco de las elecciones de 2023, se mantendrá la restricción de publicación de encuestas electorales durante las 36 horas previas a las elecciones, en línea con la decisión de la Corte y las reformas del TSE.